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TRIBUNALES

Estrasburgo indaga si la sucesión nobiliaria en España discrimina a la mujer

El Gobierno ha de contestar al Tribunal Europeo de Derechos Humanos antes del 29 de mayo

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, dependiente del Consejo de Europa y con sede en Estrasburgo, ha requerido al Gobierno español para que conteste si estima que la preferencia del hombre sobre la mujer en la sucesión nobiliaria es compatible con el principio de igualdad y no discriminación establecido por el Convenio Europeo de Derechos Humanos. La demanda ante el alto tribunal europeo ha sido presentada por cuatro españolas.

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Una decisión "odiosa" y medieval

El requerimiento, que el Gobierno deberá cumplimentar antes del 29 de mayo, lo realiza el Tribunal de Estrasburgo a la vista de las demandas presentadas por Pilar de la Cierva Osorio de Moscoso y otras tres mujeres que, como ella, se consideran discriminadas por el Estado español al haber preferido a sus respectivos hermanos menores, por el sólo hecho de ser hombres, para suceder a sus progenitores en los correspondientes títulos nobiliarios.El motivo de estas demandas y otras que continuarán llegando al Tribunal de Estrasburgo es la sentencia del Tribunal Constitucional de 3 de julio de 1997, que declaró que la preferencia del varón sobre la mujer en la sucesión nobiliaria no es contraria a la igualdad ante la ley que proclama la Constitución española. El máximo intérprete de ésta fundamentó su decisión -con los votos discrepantes de tres de sus 12 magistrados- en que los títulos nobiliarios son bienes inmateriales con "un valor meramente simbólico" que han de admitirse como fueron configurados históricamente, sin modificar alguno de sus elementos, entre ellos la preferencia del varón incluso sobre la mujer primogénita.

La sentencia del Constitucional modificó la jurisprudencia que el Supremo inició en 1987, mediante la que incorporó al viejo derecho nobiliario el moderno principio constitucional de la igualdad entre el hombre y la mujer. Pero a partir de la sentencia del Constitucional, el Supremo regresó a su viejo criterio preconstitucional de dar preferencia al varón sobre la mujer. En diciembre de 1997, de una tacada, dictó 11 sentencias que daban la preferencia al varón sobre la mujer.

Las frustradas aspirantes a títulos nobiliarios se pusieron en marcha. El propio defensor del pueblo, Fernando Álvarez de Miranda, indicó el camino del Tribunal de Estrasburgo, no obstante su "profundo respeto" al Constitucional, ya que no podía "permanecer impasible ante las numerosas quejas recibidas".

Y comenzaron a interponerse demandas ante Estrasburgo, preparadas por el letrado Ramón Pelayo, quien acusa al Estado español de violar derechos del Convenio Europeo de Derechos Humanos que está obligado a cumplir.

Las demandantes invocan el derecho a la igualdad, vinculado al respeto a la vida privada y familiar y al derecho a tener bienes. Argumentan que marginar a la mujer la hace "de peor condición y sangre" que el hombre, en aplicación de leyes históricas que consagraron su "inferioridad".

En apoyo de las demandas, Pelayo recuerda que, ante el Constitucional, el abogado del Estado defendió la "palmaria" inconstitucionalidad de la preferencia del varón sobre la mujer y reprochó que tal ventaja jurídica se atribuya "no en virtud de una regla racional compatible con el sistema de valores constitucionales, sino en virtud del ciego azar biológico".

El abogado del Estado actuó "siguiendo las instrucciones superiores recibidas" del Gobierno, lo que pondrá muy difícil ahora al Ejecutivo contradecir aquel criterio, en la respuesta que le ha pedido el Tribunal de Estrasburgo sobre el fondo de las demandas, antes de su definitiva admisión.

Frente al argumento del Constitucional de que la discriminación por razón de sexo no es aplicable a los títulos nobiliarios porque subsisten con un carácter simbólico histórico y sin contenido jurídico material, las demandas recuerdan que en esta época se han concedido títulos "en base a méritos excepcionales", como el ducado de Suárez al que fue primer presidente del Gobierno de la democracia. Y que existe un "consolidado uso comercial" de los títulos nobiliarios para denominar "vinos, alcoholes, aceites".

Las demandantes critican la discriminación a la mujer en un tiempo en que está previsto legalmente el cambio de sexo, lo que podría conducir a que la primogénita de un noble sólo pudiera disputar con éxito a su hermano menor el título tras operarse e inscribirse como varón en el Registro Civil.

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