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"Medidas cautelarísimas"

El pasado 19 de febrero, un matrimonio compuesto por un mexicano y una estadounidense, con una hija nacida en España, paran a repostar gasolina cerca de Zaragoza. Una pareja de policías les pide la documentación. Los dos adultos carecen de los permisos de trabajo y de residencia. Además, tienen el visado caducado aunque residen desde hace años en España. El hombre había vivido en Bilbao y de ese tiempo guarda una orden de expulsión sin ejecutar del entonces Gobierno Civil de Vizcaya. La policía les traslada a comisaría. El marido llama a un abogado que plantea su caso ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Provincial de Bilbao. El letrado de la esposa lo hace ante el tribunal de Zaragoza. La policía ordena un jueves un expediente de expulsión y decide que sea el sábado por la mañana, apenas dos días después, cuando al marido se le embarque en un avión rumbo a México D.F. y a la esposa, a Miami. Los dos tribunales adoptan lo que se denomina en el ámbito judicial "medida cuatelarísima" con el fin de evitar los traslados. Los jueces argumentan para revocar la medida policial de expulsión el reagrupamiento familiar, ya que la hija era menor de edad, lo que constituye en la Ley de Extranjería un derecho fundamental. La decisión final judicial se resolverá dentro de dos años como mínimo. Esta historia tan reciente la cuenta pormenorizadamente un magistrado de la Audiencia Provincial de Bilbao para ilustrar la actuación la Sala de lo Contencioso Administrativo en asuntos relacionados con derecho de extranjería. "La situación de ilegalidad da lugar a las órdenes de expulsión y su control es la parte más tensa de la justicia. El Contencioso [Administrativo] garantiza un juicio justo. En el País Vasco, el número de extranjeros es de 7.000, lo que permite un nivel en la prestación judicial bastante bueno, entre 300 y 500 casos anuales para cinco jueces", indica este alto magistrado. A pesar de que las subdelegaciones gubernamentales tratan de actuar con cautela a la hora de decidir la ejecución de una expulsión son numerosos los recursos que se interponen ante el Contencioso Administrativo. Cada semana, este tribunal estudia en Euskadi 20 casos. Desestima el 60% de los recursos. "El tribunal ha huido de hacer un derecho judicial paternalista porque interesaba más aplicar un derecho a medio plazo que no fuera pan para hoy y hambre para mañana. Y así descubrimos las medidas cautelares para garantizar el resultado del pleito. Con ellas, la Administración suspende toda actividad hasta que se dicta sentencia. Pero hay que tener cuidado, por eso se resolvió establecer lo que llamamos fumus boni iuris (el humo del buen derecho). Se trata de "oler" quién tiene razón, porque quien en apariencia tiene derecho no debe sufrir las consecuencias negativas, y da buen resultado", apunta. Por otra parte, Javier Madrazo, de IU, ha propuesto la creación de una ponencia, en el seno de la Comisión de Derechos Humanos, sobre la situación y necesidades de los inmigrantes que residen en la Comunidad Autónoma Vasca. Dicha ponencia elaboraría un plan de integración revisando la normativa vasca vigente en materia de inmigración.

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Más de 150 inmigrantes fueron expulsados en 1998 de Euskadi y sobre 500 existe orden de expulsión

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