Un tribunal equipara la experiencia laboral en los países de la UE
Los profesionales comunitarios que están facultados legalmente para trabajar en los servicios públicos de otro país tienen el derecho a ser tratados de la misma forma que sus colegas españoles. Así lo establece una sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSPJ), que ha estimado la demanda presentada por una enfermera italiana a quien el Servicio Vasco de Salud-Osakidetza no valoró como mérito para una oposición el tiempo que trabajó en su país. El tribunal lo considera una "discriminación indirecta" injustificada por razones de nacionalidad.Es la primera sentencia que se dicta en España en relación a los derechos de los trabajadores de Estados miembros de la Unión Europea (UE) en la Administración pública, fijados por ley en 1993. El recurso fue presentado en agosto de 1996 por la enfermera italiana María Luisa Usai Fiori contra el apartado de las bases del concurso-oposición convocado por el Servicio Vasco de Salud que fijaba el baremo de méritos. Incluía éste la posibilidad de alcanzar hasta 30 de los 54 puntos previstos en virtud de la experiencia profesional acumulada, a razón de 0,50 puntos por mes trabajado, en la propia Osakidetza o en los demás servicios públicos de salud españoles, excluyéndose los de los otros países de la UE.
En consecuencia, a María Luisa Usai no se le concedió ninguna puntuación por el tiempo que trabajó como enfermera profesional en el sistema sanitario italiano, por lo que presentó un recurso contencioso-administrativo, al considerar que se vulneraba su derecho a participar en igualdad de condiciones con los demás aspirantes de nacionalidad española.
Osakidetza argumentó que la convocatoria se ajusta a la ley que regula el libre acceso a los titulados de la UE y que no puede apreciarse discriminación por razón de la nacionalidad, ya que la experiencia en centros públicos de otros países de la UE no se computó tampoco a los profesionales españoles.
No cabe recurso ordinario alguno contra la sentencia, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Luis Ibarra.
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