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El Supremo dictaminará si UPN vulneró la autonomía universitaria de la UPNA Recurrido el fallo que declaró ilegales los cambios en sus estatutos

El Tribunal Supremo se verá obligado a dictaminar si el Gobierno navarro, encabezado por UPN, modificó ilegalmente los estatutos de la Universidad Pública de Navarra (UPNA) para imponer un criterio lingüístico que vulneró la autonomía universitaria. El alto tribunal también deberá decidir si se actuó ilegalmente para intentar evitar que la institución pública reivindicara el nombre Universidad de Navarra, entrando en colisión con la denominación que ostenta desde hace decenios la universidad privada del Opus Dei.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Navarra acaba de declarar contrarias a derecho todas las modificaciones que el Gobierno de Navarra introdujo en los estatutos de la UPNA, aprobados en 1995. Ahora, el Gobierno de Navarra anuncia que recurrirá la sentencia ante el Supremo y defiende los cambios introducidos en su día. El claustro de la universidad pública navarra aprobó un primer texto de estatutos en 1994 que fue remitido al Gobierno cumpliendo el preceptivo control de legalidad de los mismos. Sin embargo, el Ejecutivo de UPN-PP modificó sustancialmente el texto en lo que afectaba al uso de la lengua vasca en el ámbito universitario, el nombre de la institución y su régimen económico. La sentencia dictada ahora subraya que los gobiernos autonómicos tienen atribuido, en virtud del artículo 12.1 de la Ley de Reforma Universitaria, una capacidad de simple control de la legalidad "pero sin que quepa un control de oportunidad o conveniencia ni sustituya la voluntad constituyente que corresponde al claustro universitario". La sala sentencia, además, que en la reglamentación del funcionamiento interno de los centros docentes de formación superior no rige el principio de jerarquía normativa. Los jueces, por lo tanto, rechazan la intromisión del Gobierno en un artículo, el 90h, que originalmente decía: "Son derechos de los estudiantes de la UPNA realizar sus estudios en cualquiera de los dos idiomas oficiales de Navarra ". El Gobierno modificó el artículo por este texto: "Son derechos de los estudiantes de la UPNA los establecidos en la legislación vigente sobre la enseñanza de los idiomas oficiales de Navarra", lo que supuso la supeditación de los planes de normalización de la enseñanza universitaria en lengua vasca, aún hoy en día pendientes de aprobación, a los dictados de la Ley del Vascuence, en los que Navarra es considerada zona mixta sin que la ciudadanía pueda exigir por ley la enseñanza en lengua vasca en ese territorio. La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra tampoco considera justificable la supresión que el Gobierno hizo de la disposición transitoria en la que se decía que "la Universidad Pública de Navarra promoverá ante los poderes públicos de la Comunidad Foral las acciones necesarias para la modificación del nombre de la UPNA". El Ejecutivo intentó con ello evitar que la UPNA decidiera cambiar su nombre por el de Universidad de Navarra, motivo que ya en su leyenda latina de Universitas Navarrensis ha sido objeto de una dura pelea jurídica con la universidad privada de Navarra. El propio rector de la UPNA, Antonio Pérez Prados, señaló recientemente que en el fondo de la disputa jurídica por los escudos latinos de ambos centros superiores "subyace la cuestión del nombre de la otra universidad". Y volvió a recordar que el decreto de fundación de la Universidad de Navarra la denominaba como "Universidad Católica de Navarra" y que el Consejo de Universidades de España, en un informe de 1987, estableció que, creada la UPNA, los organismos e instituciones competentes deberían considerar la posibilidad de cambiar el nombre de la universidad privada añadiéndole alguna palabra que sirviera para distinguir mejor a ambas instituciones.

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