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Los objetivos de la ministra Mariscal de Gante

Amaya Iríbar

Cuando el Consejo de Ministros aprobó el proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Civil, hace un mes, un texto con más de 800 artículos y 167 páginas, la ministra de Justicia, Margarita Mariscal de Gante, aseguró que la norma permitiría simplificar los procedimientos civiles, reducir la burocracia, facilitar la persecución de los morosos y, sobre todo, cambiar la imagen que los ciudadanos tienen de la justicia. Los objetivos declarados de la ministra son:Procedimientos rápidos. Se simplifican y se agilizan con respecto a la ley en vigor. Las demandas civiles se resolverán básicamente a través de dos procedimientos, el juicio verbal y el juicio ordinario, frente a los alrededor de 60 procedimientos especiales de ahora.

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Por el verbal, más rápido, se resolverán las demandas que impliquen cantidades inferiores a los cinco millones y aquellos que, como los divorcios, requieren la máxima agilidad. Además, se crea un procedimiento especial rápido, el monitorio, específico para reclamaciones de deudas inferiores a los cinco millones.

Menos burocracia. El texto establece nuevas formas de notificación, emplazamiento, citación y otras actuaciones del juzgado para evitar que esto entorpezca el desarrollo del proceso. Éstas irán en principio dirigidas al domicilio del litigante, pero, si éste es desconocido, el juzgado podrá recurrir al padrón o cualquier otro registro en el que figure el domicilio, entre ellos los colegios profesionales y los públicos, que deben colaborar con el tribunal.

Morosos. El Gobierno señaló a los que no pagan sus deudas como uno de los objetivos principales de la ley. Los inquilinos que no pagan sus cuentas deberán declarar al tribunal todos sus bienes y, si se negaran, podrán ser sancionados. La sanción "por desobediencia grave" puede ser periódica si el demandado persiste en su actitud. Además, el casero o cualquier acreedor no tendrá que esperar a que se resuelvan los recursos, ya que el juez de primera instancia podrá autorizar el cobro de la deuda de forma provisional.

Subasta de bienes. Otro de los principios novedosos del texto hace referencia a la venta de los bienes de un deudor para que pueda cobrar su acreedor. El proyecto autoriza a hacerlo a través de cualquier medio, y no sólo a través de la subasta pública actual. Este precepto permitirá a las entidades privadas especializadas entrar en este mercado, aunque para ello será necesario que el acreedor lo acepte.

El Consejo General de la Abogacía ha puesto en cuestión las esperanzas de la ministra, sobre todo las relativas a la descongestión de los juzgados. El mismo día que el texto fue aprobado por el Gobierno, Mariscal de Gante declaró que esperaba una tramitación parlamentaria fácil. Si los abogados cumplen su objetivo, no lo será.

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Sobre la firma

Amaya Iríbar
Redactora jefa de Fin de Semana desde 2017. Antes estuvo al frente de la sección de Deportes y fue redactora de Sociedad y de Negocios. Está especializada en gimnasia y ha cubierto para EL PAÍS dos Juegos Olímpicos y varios europeos y mundiales de atletismo. Es licenciada en Ciencias Políticas y tiene el Máster de periodismo de EL PAÍS.

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