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El Congreso aprueba la ley de multipropiedad de apartamentos turísticos

El Congreso aprobó ayer por unanimidad la ley sobre Aprovechamiento por Turno de Bienes Inmuebles de Uso Turístico y Normas Tributarias. Entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el BOE. El Senado ya la aprobó el pasado 28 de octubre. Esta nueva norma, que hasta ahora regulaba el termino multipropiedad, que desaparece de la redacción de la misma, afecta a todos los contratos referidos a inmuebles situados en España con independencia de lugar y fecha de realización.La norma garantiza la protección al consumidor por parte de los tribunales y leyes españolas, "siempre que el alojamiento éste en nuestro país". Entre las novedades de esta ley destaca la desaparición del término multipropiedad y del uso, tanto en la publicidad como en la venta de estos derechos, de cualquier denominación que contenga la palabra propiedad, para evitar equivocaciones, "ya que solo se adquiere el derecho a utilizar y no a la propiedad del inmuebles".

El usuario podrá romper el contrato en los diez días siguientes a la firma, "sin necesidad de alegar motivo o razón para ello". También se podrá anular el mismo en los tres meses siguientes si se hubiera incumplido algún aspecto relativo a información sobre el derecho que se adquiere.

La norma exige que los propietarios faciliten toda la información del inmueble y las condiciones de venta. El derecho de aprovechamiento "incluye no sólo la utilización por un periodo determinado del alojamiento, sino también el derecho a recibir los servicios necesarios para su disfrute". El texto introduce bonificaciones fiscales en relación con el impuesto sobre el patrimonio y el IVA para las personas que adquieran estos derechos.

España es el segundo país del mundo en el uso de la multipropiedad, con 450 complejos turísticos y 480.000 usuarios. El sector alcanza ventas por 31.500 millones de pesetas y existen unas 100 empresas que ofrecen este servicio de inmuebles a tiempo compartido.

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