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EL DIÁLOGO SOCIAL

Arenas y los líderes de los sindicatos salvan un acuerdo al que CEOE opone reticencias

Más de medio centenar de reuniones y 200 horas de diálogo han sido necesarias para que el Ministerio de Trabajo y los sindicatos CCOO y UGT hayan logrado un principio de acuerdo sobre el nuevo contrato a tiempo parcial. Ese consenso, para no romper la tradición, se cerró de madrugada (a las cuatro horas del jueves) y requirió la intervención directa del ministro Javier Arenas y de los líderes de las dos centrales, Antonio Gutiérrez y Cándido Méndez, para acabar con el bloqueo en el que se encontraba desde hace ocho días por las discrepancias mostradas por la patronal CEOE en un diálogo paralelo.Ese pacto sigue sin agradar a la confederación empresarial, aunque ayer no pudo dar una valoración formal porque el Gobierno no le había enviado el documento acordado con los dirigentes sindicales. Sí mostraron su malestar con el llamamiento del presidente José María Aznar para que suscriban el pacto, cuando no conocían los pormenores del citado documento. Extraoficialmente, los dirigentes de la CEOE aseguraron que el modelo de contrato diseñado por las centrales y Trabajo "tiene una rigidez tremenda y absurda".

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Pese a ello, Arenas, Méndez y Gutiérrez han cerrado un compromiso junto a los negociadores de ambos sindicatos, Fernando Puig y Lola Liceras, por CCOO, y Toni Ferrer y Jesús Pérez, por UGT. Su objetivo es reformar un contrato que se utiliza poco en España (el 7,5% de los asalariados) para dotarlo de más atractivos y alcanzar los niveles alcanzados en el conjunto de la Unión Europea (17%).El Gobierno y la patronal defienden este tipo de contratos porque reúne una serie de ventajas para las empresas, tales como el incremento de la productividad por hora trabajada, la mayor flexibilidad para adaptarse a los cambios y las fluctuaciones de la demanda, la utilización más intensa de los bienes de equipo si se amplían los turnos de trabajo, y la posibilidad de afrontar actividades que se concentran en unas pocas horas a la semana o en unos pocos días al mes o al año.

El modelo a seguir es Holanda, país en el que hay un 38% de asalariados con ese tipo de contratos. Aunque no lo diga muy claramente, el Gobierno español confía en ese modelo para estimular la tasa de actividad femenina, situada en el 37,72%, mientras que entre los hombres llega hasta el 63,06%. Eso, a su vez, contribuiría a reducir el paro entre las mujeres, en unas cotas muy elevadas. En concreto, alcanza al 26,65% de las mujeres, cuando entre los hombres es prácticamente la mitad, el 13,94%, según la Encuesta de Población Activa.

Los sindicatos no han hecho una apuesta tan clara por este contrato, extremo que resulta incomprensible para el Gobierno, que ve en él una vía diferente de aplicar la reducción de jornada.

Con esas reservas, los sindicatos han diseñado un modelo junto a Trabajo que, según el criterio de ambas partes, conjuga de forma equilibrada una mayor protección social y estabilidad para los trabajadores, con incentivos en las cotizaciones y flexibilidad para los empresarios.

Protección social

Uno de los puntos principales es que a los trabajadores con este contrato se les facilita el acceso a la pensión, que ahora tenían vetado porque sus cotizaciones por media jornada no les permitían reunir los 30 años necesarios, frente a los 15 años del resto de los trabajadores. A partir de ahora se les aplicará un coeficiente corrector del 1,5% en los periodos de carencia, y se considerará periodo realmente cotizado los fines de semana y las vacaciones. De esa forma tendrán que reunir en torno a 21 años de cotización.En el tema de la jornada es donde se ha centrado el tira y afloja que han mantenido la Administración y los sindicatos en las últimas semanas. Finalmente, la jornada límite, incluyendo la ordinaria y la complementaria, será inferior al 77% de la pactada en convenio, y en su defecto, la máxima legal (40 horas semanales o 1.826 horas anuales).

En el contrato debe figurar como "contenido esencial", y si no, será inválido el número de horas a realizar, su distribución y su concreción mensual, semanal y diaria, incluida la determinación de los días en que el trabajador debe prestar sus servicios.

La novedad frente al vigente contrato es que se introduce flexibilidad para poder prolongar la jornada pactada inicialmente a través de las horas complementarias, una nueva figura en el ordenamiento jurídico, que sirve para hacer frente a las necesidades de producción de temporada de las empresas y que se consideran como horas ordinarias a efectos de salario y protección social.

Ahí es donde los sindicatos han puesto todo el celo, dado que para ellos existía el peligro de dejar al trabajador a disposición absoluta del empresario, sobre todo a través de la distribución de la jornada o mediante la vía de dejarla abierta al pacto individual.

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