Los bandazos de los fiscales
La posición actual de la Fiscalía General del Estado y de la Fiscalía de la Audiencia Nacional a favor del archivo de las causas de Argentina y Chile, hoy reunidas en el sumario que lleva el juez Baltasar Garzón, empezó en época del fiscal general Carlos Granados, en 1996, tras iniciar Garzón las actuaciones. La instrucción de Granados a José Aranda, entonces fiscal jefe de la Audiencia Nacional, en el caso argentino, fue la de oponerse a las actuaciones por entender que España no teñía jurisdicción.Granados sostenía, en un informe del 18 de abril de 1996, que no cabía aplicar en este caso el artículo 23.4 de la ley Orgánica del Poder Judicial de 1985, encuadrando los crímenes cometidos en Argentina como delitos de terrorismo. Entre otras cosas, decía, porque la ley es de 1985 y no se puede aplicar retroactivamente.
La sensibilidad de los fiscales de sala flexibilizó la posición de Granados. Cuando el juez García-Castellón empezó a investigar los crímenes en Chile, Granados acordó con Aranda que no se opusiera a la la querella por dichos hechos y que se la apoyara con los argumentos esgrimidos por Garzón en Argentina.
Fue el tándem Jesús Cardenal-Eduardo Fungairiño quien invirtió mayor pasión en cuestionar la jursidicción española, quizá en el contexto de una fuerte presión de autoridades chilenas.
España y Chile, por ejemplo, negociaban en 1997, la ejecución de importantes contratos de defensa. Si Fungairiño elaboró el 2 de octubre de 1997 un informe atacando la falta de jurisdicción, en el mes de diciembre los citados contratos sufrieron un desbloqueo por parte chilena.
Por último, un informe de Eduardo Torres- Dulce, fiscal jefe de la secretaría técnica de la Fiscalía del Estado, reconocía a comienzos de 1998 la jurisdicción para delitos de terrorismo en Chile a partir de 1985.
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