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"La democracia significa mucho más que el gobierno de la mayoría"

En los 78 folios del fallo del Tribunal Supremo canadiense los magistrados han intentado dar respuesta a tres cuestiones: ¿De acuedo con la Constitución de Canadá puede la Asamblea Nacional, el poder legislativo o el Gobierno de Quebec decidir unilateralmente la secesión de la provincia de Canadá? ¿Concede el derecho internacional el derecho a la Asamblea Nacional, el poder legislativo o el Gobierno de Quebec a llevar a cabo esa secesión unilateralmente? En el caso de conflicto entre el derecho local y el internacional ¿cuál de los dos es aplicable? Los criterios establecidos establecidos por el tribunal son los siguientes:Secesión

La secesión de Quebec de Canadá no puede conseguirse a través de la Asamblea Nacional, el legislativo o el Gobierno de Quebec de forma unilateral, esto es, sin negociaciones, y ser considerado como un acto legal. (...) Sin embargo, ese orden constitucional quedaría afectado si una clara mayoría declarara de forma inequívoca su deseo de no permanecer en Canadá. En el caso de que se iniciaran una eventuales negociaciones para la secesión, nuestra Constitución, no en menor medida que nuestra historia, reclamaría a los participantes en ellas que reconciliasen los derechos, obligaciones y legítimas aspiraciones de todos los canadienses en el marco que resalta las responsabilidades constitucionales, tanto como los derechos constitucionales.:

Más información
El Tribunal Supremo de Canadá niega a Quebec el derecho a la secesión

Autodeterminación

El derecho internacional a la autodeterminación sólo genera, en el mejor de los casos, un derecho a la autodeterminación externa en casos de antiguas colonias, los pueblos oprimidos por una ocupación militar, o un determinado grupo a quien se le impide el acceso al autogobierno para conseguir su desarrollo político económico, social y cultural. En estas tres situaciones el pueblo está investido del derecho a la autodeterminación externa porque se le ha denegado la capacidad para llevar a cabo internamente su derecho a la autodeterminación. Estas excepcionales circunstancias son completamente inaplicables en Quebec bajo las condiciones actuales. Por lo tanto ni la población de la provincia de Quebec, tanto si se caracteriza en los términos de "pueblo" o "pueblos", ni sus instituciones representativas, la Asamblea Nacional, el legislativo o el Gobierno de Quebec tienen el derecho, según el derecho internacional, a secesionarse unilateralmente de Canadá.:

Vigencia constitucional

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Hemos hecho énfasis en que la Constitución es más que un texto escrito. Abarca todo el sistema global de leyes y principios que gobiernan el ejercicio de autoridad constitucional. Una lectura superficial de algunos pasajes de la Constitución, sin más, puede ser engañoso. Es necesario llevar a cabo una investigación más profunda de los principios subyacentes que animan el conjunto de nuestra Constitución, incluyendo los principios de federalismo, democracia, constitucionalismo y gobierno de la ley y respeto a las minoría. Estos principios deben inspirar nuestra apreciación global de los derechos y obligaciones constitucionales que podrían entrar en juego en el caso de que una clara mayoría de quebequenses votaran en una clara pregunta a favor de la secesión.: Secesión unilateral

Aquellos que sostienen la existencia de un derecho así [la secesión unilateral] lo basan principalmente en el principio de democracia. Democracia, de cualquier manera, significa mucho más que el simple gobierno de la mayoría. Como queda reflejado en nuestra jurisprudencia constitucional la democracia existe en el amplio contexto de otros valores constitucionales como los ya mencionados [federalismo, democracia, constitucionalismo y gobierno de la ley y respeto a las minorías]. En los 131 años transcurridos desde que se creó la Confederación, el pueblo de las provincias y territorios ha creado estrechos lazos de interdependencia (económica, social, política y culturalmente) basados en valores compartidos que incluyen el federalismo, la democracia, el constitucionalismo, el gobierno de la ley y el respeto a las minorías. Una decisión democrática de los quebequenses a favor de la secesión pondría en riesgo esas relaciones. La Constitución otorga orden y estabilidad y consecuentemente la secesión de una provincia "bajo la Constitución" no puede ser adoptada unilateralmente, esto es, sin una negociación con los otros miembros de la Confederación dentro del marco constitucional.

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