_
_
_
_

Sanción a Telefónica por engañar a los usuarios sobre los datos que tiene de ellos

Concluye con multa de 30 millones uno de los expedientes abiertos el pasado año

La Agencia de Protección de Datos ha impuesto una multa a Telefónica Publicidad e Información (TPI) -filial de la Compañía Telefónica- por haber engañado a sus usuarios respecto a la información que posee sobre ellos. El expediente, que concluye con una sanción de 30 millones de pesetas, se originó tras la venta de datos a terceros en los que se cruzaba, mediante un programa de ordenador, información propia de la compañía con datos anónimos que le vendió legalmente el Instituto Nacional de Estadística (INE) en 1995 y 1996, durante la etapa socialista.

Más información
Regate al secreto

La multa impuesta, con fecha 27 de mayo, castiga una infracción grave según de la Ley Orgánica de Regulación de Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter personal, sancionable con entre 10 y 50 millones.La empresa Telefónica Publicidad e Información (TPI) fue denunciada en 1997, como publicó EL PAÍS el pasado diciembre, por dos ciudadanos que habían recibido en su domicilio propaganda que a su entender implicaba el previo conocimiento de sus datos personales. Estos ciudadanos preguntaron la procedencia de sus datos, y la empresa anunciante les indicó que habían sido facilitados por Telefónica Publicidad e Información. Los afectados acudieron entonces a esa sociedad. En uso de un derecho reconocido en la citada ley de protección de datos, ambos denunciantes pidieron que se les informase sobre los datos personales a su nombre de los que disponía la filial de Telefónica.

La empresa respondió que los datos provenían de fuentes accesibles -la guía de teléfonos- y que sólo trataba automatizadamente nombre, apellidos, calle, número, código postal, ciudad y teléfono. Pero el expediente señala en los "hechos probados": "El INE vendió a la entidad Telefónica Publicidad e Información, en noviembre de 1995 y mayo de 1996, el censo de población de 1991 por secciones y el censo de viviendas de 1991, respectivamente, que contienen información agregada y anónima". Y esos datos se añadieron a los que ya tenía Telefónica.

La compañía ocultó, según el expediente de sanción, que dispone de datos más amplios de los afectados, provenientes de dos tablas suyas (llamadas VCOD Hogares y TCOD PAR, esta última de Telefónica).

Según la documentación del expediente, VCOD Hogares reúne, "entre otros datos, el correspondiente al piso y datos relativos al perfil socioeconómico asignado como, por ejemplo, poder de compra, antigüedad de la población, edad, formación, actividad, grado de actividad, tipología". Y TCOD PAR posee "los datos correspondientes al DNI, equipamiento telefónico contratado, sistema de cobro, fecha de abono" y otros, datos que "provienen del Fichero Integrado de Abonados, cuyo responsable es Telefónica de España, que sirve de base del producto Coditel, que comercializa la firma Telefónica Publicidad e Información".

"De la documentación que obra en el expediente", dice el texto de Protección de Datos, "se desprende también que TPI no proporciona información relativa a los cesionarios de los datos".

Ante el argumento de TPI sobre el carácter público de los datos contenidos en los censos, la resolución final R/00159/1998 indica que "efectivamente, los datos de la zona censal son datos anónimos y disgregados, que se corresponden con información no sujeta a confidencialidad, comercializados como productos estándar por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Sin embargo, cuando esos datos se cruzan con otros datos marcadamente personales, como nombre, apellidos, dirección, teléfono, etc, pasan a convertirse en datos personales, porque se predican de personas identificadas e identificables y conllevan a poder determinar un perfil personal de los individuos, quedando incluidos en la definición que realiza la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de carácter personal".

Uno de los dos ciudadanos que, sin conexión entre sí, originaron este expediente declaró ayer a EL PAÍS: "Ahora ya me han facilitado los datos que poseen sobre mí, y el nivel de acierto es extraordinario. Estoy retratado".

Ocultación

Siempre según la resolución de la Agencia, la filial de Telefónica no dio en su día al denunciante "información sobre los resultados de la posterior elaboración o proceso informático, debiéndose haber informado al denunciante de que existían una serie de campos con información especial, que habían sido añadidos a su información personal y cuyo origen era el INE en unos casos y el fichero FIA de Telefónica en otros".El fallo señala que Telefónica Publicidad e Información intentó confundir al denunciante dándole a entender que la única información que tenía sobre él era su nombre, dirección y número de teléfono, ocultándole el volumen de tratamiento que se realizaba respecto de su persona y los ficheros de que disponía la empresa para tratar los datos". Todo ello "manifiesta un alto grado de intencionalidad".

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo

¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?

Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.

¿Por qué estás viendo esto?

Flecha

Tu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.

Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.

En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.

Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.

Archivado En

Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
Recomendaciones EL PAÍS
_
_