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La Audiencia absuelve a Marcos Merino del fraude del "caso Osakidetza" por falta de pruebas

La Audiencia de Vitoria ha condenado por un delito continuado de falsedad documental a penas que oscilan entre un año y seis años y seis meses de prisión a cinco de los 11 acusados en el caso Osakidetza (presunto fraude masivo en las oposiciones de 1990). Entre los absueltos figura el ex número tres de los socialistas vascos y actual miembro de su ejecutiva, José Luis Marcos Merino. La Audiencia, que reconoce que ha fallado en virtud de indicios y no de pruebas directas, recalca que los condenados acordaron favorecer a opositores del entorno del PSE y de la UGT.

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La Audiencia ha tardado más de tres meses en hacer pública la sentencia. Los dos máximos responsables de Osakidetza en el momento de los hechos, Mario González, entonces director general, y Pedro Pérez, director de gestión económica, son los más castigados, con unas penas de seis años y medio de cárcel a cada uno, y 500.000 pesetas de multa. Completan la lista de condenados José Ángel Martín, técnico del Servicio Vasco de Salud y hombre de confianza de Pérez, sobre el que recae igual condena; Pablo Sastre, informático de Osakidetza, condenado a seis años, y el máximo responsable de la empresa correctora de las pruebas, Francisco Javier Abásolo, penado con un año. Todos ellos deberán indemnizar de manera conjunta a Osakidetza con más de 21 millones por los problemas derivados de la anulación de la convocatoria. El tribunal considera que Marcos Merino debe ser absuelto por la inexistencia de un "cuerpo probatorio suficiente" para deducir su participación en los hechos. El fallo subraya que su viaje a Madrid en marzo de 1991, donde se entrevistó con Francisco Javier Abásolo no constituye "ninguna prueba ni siquiera indiciaria" de delito. Incógnitas La sentencia deja en el aire, pese a la contundencia de las penas, algunas de las incógnitas que sobrevolaron todo el proceso de manipulación de exámenes que se produjo en los últimos meses de 1990 y los primeros de 1991. El delito continuado de falsedad en documento público que se atribuye a los cinco condenados alcanzó a 300 exámenes y "se cometió conforme a un plan preconcebido", según destaca el fallo. Sin embargo, el tribunal pone de relieve la dificultad que existió para encontrar pruebas de cargo. "Si bien la prueba de la falsificación de los exámenes (...) resulta probada mediante la prueba directa, no ocurre lo mismo en relación con la participación de los hechos imputable a cada uno de los acusados, por cuanto no exista ninguna prueba directa de la misma". De esta manera, los magistrados de la Sección Primeria de la Audiencia vitoriana asumen que la implicación de los altos cargos de Osakidetza está basada en "pruebas indirectas y circunstanciales", y consideran válido que por medio de estos indicios "se haya llegado a la convicción de culpabilidad a través de un proceso mental razonado". La sentencia se ajusta bastante a las peticiones de penas que había formulado el Ministerio Fiscal. El fallo destaca en todo momento la existencia de una trama organizada que partió de la propia organización de la oposición para favorecer a un grupo de opositores ligados al partido socialista y la UGT. Mario González, entonces responsable de Osakidetza, aparece como la persona que pidió los discos informáticos de los exámenes para custodiarlos y leerlos en su despacho, hecho que califica la sentencia de "injustificable". El fallo le atribuye dejación en la vigilancia de las hojas, guardadas en una estancia -el conocido como búnker- donde llegaron a reunirse las pestañas identificativas y los propios exámenes, así como el permiso para publicar las listas provisionales de aprobados no autorizada por los propios tribunales. Félix Rojo, abogado defensor del ex director general de Osakidetza, anunció ayer que recurrirá el fallo en los próximos días. En declaraciones a Europa Press, Felix Rojo señaló: "No comparto bajo ningún concepto la sentencia, donde le condenan a González por indicios, y condenar por indicios es algo peligroso, en casi todos los casos". Pedro Pérez contrató a la firma correctora Euro Appraisal, una empresa que "carecía de experiencia y medios materiales para hacerlo", de manera directa "sin una justificación clara". La Audiencia vitoriana pone de relieve los viajes que Pérez realizó en los primeros meses de 1991 a Madrid, sede de la firma, junto a Miguel Ángel Martín y Pablo Sastre, también condenados "con la finalidad de proceder al cambio de exámenes previamente preparados, pues indudablemente en tales personas concurrían las condiciones necesarias para poder cometer los hechos". El último condenado, Francisco Javier Abásolo, máximo responsable de Euro Appraisal, dio vía libre a todo el proceso de manipulación de las hojas de examen en la sede de la empresa antes de finalizar la fase de corrección, según el tribunal. "Autorizó y facilitó con la intermediación de Pedro Pérez, el acceso de éste con los demás ejecutores materiales del cambio de exámenes" a las oficinas donde se hallaban almacenados en Madrid. Asimismo, se le atribuye la entrega de los resultados de las pruebas al director de gestión económica de Osakidetza. Respecto al resto de los imputados, María Isabel Herrero, secretaria de los servicios centrales de Osakidetza, su hija Isabel Jiménez y Alberto Lertxundi, opositores, así como Oscar Lázaro y Eloy Rodríguez, empleados de Euro Appraisal, la sentencia resalta la ausencia de indicios para ejecutar una condena.

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