Los tipos impositivos de la discordia en el País Vasco
Las tres diputaciones vascas y la Comunidad de Navarra mantienen ventajas fiscales que, en el caso de las empresas -impuesto de sociedades han generado polémica, prácticamente desde su aprobación. La polémica puede incrementarse tras la sentencia del Supremo. Entre otras normas específicas, las diputaciones vascas aprobaron en 1996 una rebaja del tipo general de gravamen en el impuesto de sociedades, del 35% al 32,5%; un tipo especial del 30% para pequeñas y medianas empresas con beneficios inferiores a 10 millones de pesetas e incentivos para las sociedades que apliquen medidas de reparto de trabajo y apuesten por la contratación fija.
El tipo general del 32,5% fue el resultado de la discusión entre las diputaciones forales. Vizcaya quería llegar al 30%, pero la Hacienda guipuzcoana presionó en favor del 32,5%, una solución salomónica que, sin embargo, fue compensada con las minivacaciones fiscales para las nuevas empresas, la deducción para inversión en activos fijos y toda una serie de ayudas a las pymes.
También se aprobó un régimen especial para las nuevas empresas que salgan por primera vez al mercado a través de la Bolsa de Bilbao. Para dichas sociedades se decidió un tipo impositivo del 25% en los tres primeros años.
Un duro proceso
Las medidas mencionadas pueden resultar afectadas si se extiende la doctrina del Supremo. De hecho, la sentencia forma parte del duro proceso que enfrenta al Gobierno central y las Haciendas forales vascas prácticamente desde finales de los años 80, cuando se aprobaron los primeros incentivos fiscales a la inversión.En 1993, el conflicto surgió al aprobarse en el País Vasco las denominadas Vacaciones fiscales para empresas creadas entre 1993 y 1994 con una inversión mínima de 80 millones de pesetas y, al menos, 10 trabajadores. Las sociedades beneficiadas por la bonificación quedaron exentas del impuesto de sociedades durante 10 años. La actualización de balances fue recurrida en el año 1990.
Los enfrentamientos tenían un ilustrativo epílogo siempre que se suscitaban ante los gobernantes vascos: "Al sistema tributario vasco le tienen que aplicar aquello de que son las 10 de la mañana, una hora menos en Euskadi". La frase, atribuida a Juan Luis Laskurain (PNV), puede quedar desfasada si, como parece, el reloj ha empezado a ponerse en hora por decisión del Supremo.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Juan Luis Laskurain Argarate
- Magistratura
- Concierto económico
- Declaraciones prensa
- Competencia
- Tribunal Supremo
- Impuesto Sociedades
- Financiación autonómica
- IRPF
- País Vasco
- Hacienda pública
- Impuestos
- Tribunales
- Poder judicial
- Comunidades autónomas
- Tributos
- Comercio
- Finanzas públicas
- Administración autonómica
- Gente
- Proceso judicial
- Justicia
- Administración pública
- Finanzas
- España