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El Congreso decide hoy los casos en los que una inspección fiscal puede durar dos años

El pleno del Congreso aprobará hoy el Estatuto del Contribuyente, que pasará después al Senado. No obstante, quedan aún por determinar dos de los aspectos esenciales. Por una parte, los casos en que una inspección fiscal puede durar más de 12 meses y hasta dos años y la fecha de entrada en vigor del nuevo plazo de prescripción de cuatro años.La tramitación de esta norma, que cumple uno de los compromisos electorales del PP y que fue enviada por el Gobierno a principios de año, se ha retrasado en varias ocasiones. El clima creado por la denuncia del PP sobre una no demostrada amnistía fiscal durante el Gobierno socialista, impidió el ritmo normal de los debates.

Todavía hoy los grupos parlamentarios no se ponen de acuerdo sobre cómo resolver uno de los aspectos técnicos en que se basó esta fustrada acusación; es decir, el tiempo que puede durar una inspección de Hacienda y si está justificada la demora en determinados expedientes por su especial complejidad.

El proyecto del Gobierno recogió, en un principio, que las inspecciones no podían durar más de 12 meses, salvo en casos de "especial complejidad". La pregunta que surgía entonces era quién determinaba esa "complejidad" y con qué criterios, aspecto que se remitía a un "posterior desarrollo reglamentario". Los inspectores de Hacienda, agrupados en Apife, o en el foro de debate Hacienda y Sociedad, se han opuesto a esta medida.

Todos los grupos parlamentarios están de acuerdo, sin embargo, en poner un plazo a la inspección, ya que es uno de los pocos aspectos que quedaron claros tras la investigación del escándalo de los 200.000 millones. El PP quiere que se especifiquen en la ley los casos en los que se amplía el periodo de investigación, comprobación y liquidación de una deuda tributaria. Por ejemplo, grupos de empresas, sociedades de trasparencia fiscal internacional o fusiones.

La posición de Hacienda es que el plazo sea de 12 meses, aunque prorrogable a otros 12 "cuando se trate de actuaciones que, por razón del volumen de operaciones, la dispersión geográfica de la actividad o la existencia de otras circunstancias que dificulten la comprobación resulten de especial complejidad".

También en el caso de que se descubran "actuaciones ocultas". Una definición tan abierta puede dar lugar, según Hacienda y Sociedad, a diferencias de interpretación con los defraudadores bien asesorados, con el efecto de alargar los procedimientos.

El otro aspecto pendiente para el pleno de hoy es el nuevo plazo de prescripción para las deudas tributarias. Todos los grupos parlamentarios han acordado que sea de cuatro años, si bien existen divergencias entre el PP y CiU acerca de la entrada en vigor de esta medida. Mientras CiU quiere que sea inmediata, el PP propone aplazarla a 1999, de forma que el año 1992 no se quede en blanco.

La prescripción cuenta desde que termina el plazo para presentar la declaración. En el IRPF, por ejemplo, si se pasa inmediatamente de los cinco años actuales a cuatro, supondría que Hacienda tendría hasta mediados de 1998 para exigir deudas del año 1992 (declaradas en junio de 1993). CiU entiende que en algún momento habrá que establecer el corte y que siempre podrá quedar algo pendiente, algo que es asumible si lo que se pretende es mejorar la posición del contribuyente.

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