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EL LIBRO BLANCO DE LA JUSTICIA

Magistrados incompatibles y capaces

El Libro Blanco apuesta por un juez que no sólo sea juez, sino que se integre en la sociedad, "pero si esa actividad extrajurisdiccional resulta desproporcionada", advierte, "puede llegar a perjudicar la principal actividad de los jueces, que es resolver los conflictos que cada día se someten a su consideración". Sé propone como mérito esencial del juez su "actividad jurisdiccional", así como garantizar su incompatibilidad y la posibilidad de ser incapacitado.Toda actividad permanente de los jueces "ha de ser declarada y conocida por el CGPJ, (...) incluida la preparación de opositores". También se pretende exigir "la declaración anual de actividades extrajurisdiccionales remuneradas y no sujetas a la autorización de comaptibilidad", como pueden ser las esporádicas. Existirá un "tope máximo global" de tales ingresos. Habrán de declararse todo tipo de actividades, remuneradas o no, que no sean la administración del patrimonio familiar. En caso de no cumplimentar tales obligaciones o si falsea los datos, el juez o magistrado deberá ser sancionado.

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En cuanto a la laboriosidad de los jueces, el CGPJ adelanta que hay que distinguir en cuanto al volumen de resoluciones, que muchas de ellas son repetitivas, especialmente en lo contencioso-administrativo y en lo social. Se propone la aplicación de incentivos para los que trabajen más, sin descenso de la calidad.

Irresponsabilidad judicial

El CGPJ reconoce que "la sociedad percibe una cierta sensación de no exigencia de responsabilidad a jueces y magistrados" y ofrece el dato de que en 1996 se archivaron de plano 899 escritos de denuncias, del total de 1413 recibidos. De los 514 que se investigaron, menos de 20 desencadenaron expediente disciplinario. Critica la lenta tramitación de los mismos y, en cuanto a las sanciones, señala que, de los 48 expedientes de los tres últimos años, sólo 23 terminaron en sanción. Sin embargo, el Libro Blanco no propone nuevas figuras disciplinarias, pero sí una agilización de los expedientes.

En materia de incapacitación de jueces y magistrados, el Libro Blanco hace esta observación: "La capacidad de un juez o magistrado no puede medirse con criterios generales; siempre han de estar en relación con la función que éstos ejercen, lo que comporta que, en ocasiones, siendo el afectado capaz de poder desarrollar multitud de trabajos jurídicos, no puede llevar a cabo, con las garantías que exige la sociedad, la función judicial".

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Por ello, se propone crear una unidad médica de valoración centralizada para el reconocimiento de aquellas personas que operan en el ámbito judicial y que estén sujetas a expediente de incapacidad".

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