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Tribuna:PUNTO DE VISTA
Tribuna
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Apresamientos

Afloran estas líneas bajo la presión de un nuevo apresamiento decretado por las autoridades militares marroquíes. La acusación se concreta en la pesca de cefalópodos en zona prohibida (dentro de las 12 millas desde la costa). En otras ocasiones ha sido el grosor del hilo de las redes o la pesca de especies de reducido tamaño.Sea cual fuere la infracción, la culpabilidad está garantizada de antemano. El procedimiento sancionador adolece de una gran inseguridad jurídica para el denunciado, y , para nuestra desgracia, los pescadores españoles cargan con el sambenito de ser los responsables de estar esquilmando éste y otros caladeros.

Parece que los esfuerzos que ha hecho nuestra flota por limitar sus capturas son de todo punto encomiables, sin olvidar la reducción en el número de licencias y la aceptación de un paro biológico que fuerza a la inactividad cefalopodera cuatro meses al año (se ha reducido a dos tercios del año el tiempo destinado a faenar), con las consecuencias que se derivan para las familias que viven del sector y para el erario público.

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Y aún así, no se ha querido entrar, por razones políticas, en las verdaderas motivaciones del agotamiento del caladero: la devastadora actividad de pulperas y embarcaciones de pequeña envergadura de origen marroquí que impiden el desove natural y, por tanto, la continuidad de las especies amenazadas; porque ello acentuarla la crisis social del sur en un momento poco propicio.

No parece desatinado sostener que nuestros barcos merecen un tratamiento más acorde con la nueva situación. Demasiados apresamientos en viernes, con la amenaza de tener retenido el barco durante el fin de semana y las consiguientes pérdidas para el armador si no paga sin rechistar, demasiados casos en los que los indignados patrones aseguran estar en posiciones alejadísimas, cuando no amarrados en algún puerto canario, en el momento en que se hallaban en zona prohibida. Las sanciones se imponen sin comunicar por escrito los cargos, sin referencia concreta a las circunstancias que rodearon la captura y sin notificación del apresamiento en el plazo de 48 horas a las autoridades comunitarias, como es preceptivo.

Se hace imprescindible una mejora en los sistemas de detección, a fin de evitar que el apresamiento del barco se convierta en la razón última que obliga a plegarse a quien puede estar asistido de la razón en un caso concreto porque el rigor y la agilidad de las medidas cautelares debe acompasarse con el rigor y la agilidad en los procedimientos de prueba.

Hay muchos armadores que ganan mucho dinero con su actividad y que pagan la multa sin pestañear; pero también he visto llorar a viejos y modestos lobos de mar delante del coronel responsable del apresamiento en el momento de comunicarles la sanción, convencidos de que tendrían que abandonar la profesión de verse obligados a liquidar.

El Gobierno de Marruecos debería ser el primer interesado en establecer sistemas que refuercen, no sólo la posición de sus autoridades militares en cada uno de los contenciosos, sino también sus legítimos intereses conservacionistas en el caladero. Seguir utilizando procedimientos más que discutibles aviva la maledicencia y la murmuración, dando alas a quienes sostienen que las autoridades actúan al dictado de los armadores marroquíes.

Buen momento es éste, en pleno proceso de democratización de las instituciones marroquíes, para hacer una decidida apuesta por la seguridad jurídica.

Juan Fernández Trigo es cónsul de España en Agadir (Marruecos).

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