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La prueba del ADN le cuesta a un violador una condena de 228 años

La Audiencia de, Barcelona impone cuatro por diversos delitos

El ADN no engaña. Así lo entiende la Audiencia de Barcelona en una sentencia por la que condena a cuatro penas de 24 años más otras menores que en total suman 228 años de prisión a un hombre de 52 años como autor de diez violaciones y otros delitos a partir de una única prueba de cargo: los dos análisis del ADN del acusado realizados con su sangre y con las muestras de esperma obtenidas de las víctimas. La sentencia, de la que ha sido ponente José Luis Jori, asegura que "las conclusiones de las pruebas sobre el ADN son rotundas".

La resolución judicial recuerda que el perfil genético del acusado se repite en la población española en una proporción de uno entre 287.635.035.535 personas por lo que entiende que el resultado "excluye cualquier duda". La sentencia explica que las conclusiones de esas pruebas se realizan en base a cálculos estadísticos basados en el coeficiente de verosimilitud, "que es un valor que indica cuántas veces es más probable que un individuo aporte semen a la mezcla frente a que sea aportado por otro individuo al azar".Durante el, juicio celebrado el mes pasado, Antonio García Carbonell, padre de 10 hijos, negó rotundamente los hechos y al ser preguntado si había violado a alguna mujer recordó el código ético de los gitanos. "Esto lo tenemos muy sagrado porque si lo hace un gitano lo encerramos", aseguró. Sin embargo, el tribunal le considera coautor de cuatro delitos de robo con violación, seis delitos de violación, cuatro de detención ilegal y dos delitos más de robo.

Los hechos ocurrieron entre los meses de marzo y junio de 1995 y el tribunal considera probado que García Carbonell actuó siempre acompañado de otra persona que está en paradero desconocido. Cinco de las seis agresiones sexuales ocurrieron en las afueras de municipios del área metropolitana de Barcelona, donde estaban intimando las parejas en el interior del vehículo y fueron atacadas siempre de la misma manera: inmovilizando primero al chico tras intimidarlo con porras u otros objetos metálicos, violando posteriormente a la chica cada uno de los acusados bajo amenazas y robándoles después antes de huir. El otro caso ocurrió en L'Arboç del Penedés, cuando dos amigas fueron sorprendidas por los agresores.

El tribunal admite que ninguna de las víctimas pudo identificar al condenado, pero justifica ese hecho al recordar la forma como sucedieron las agresiones y le aplica la agravante de nocturnidad y despoblado. "En todos los supuestos se aprovechó el procesado de la situación de desamparo de las víctimas, que se hallaban en lugar despoblado y oscuro, lo que debilita de forma importante su posible defensa", explica la sentencia.

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