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El Supremo admitirá que González testifique en el juicio del 'caso GAL'

El auto de la Sala Segunda del Tribunal Supremo en el que se exonera a Felipe González de comparecer a declarar como imputado en el 'caso GAL' no se opone a que el ex presidente declare en la causa, pero indica que el momento de hacerlo será en la vista del juicio, si alguna de las partes le llama como testigo. La resolución será notificada previsiblemente hoy, si los magistrados que votaron a favor de la inculpación ultiman su voto particular.

El Tribunal Supremo da a entender en la resolución que aceptará que González declare en el juicio del caso GAL si alguna de las partes lo propone, lo que se da como seguro. Los magistrados explican también que para obtener en este momento la declaración de González sería preciso llamarle como imputado, lo que exigiría la tramitación de un suplicatorio ante el Congreso. Sin embargo, el suplicatorio es una petición para poder proceder penalmente contra un aforado, lo que exigiría de una fundamentación suficientemente sólida, que no se da en este caso, a juicio de los magistrados.El ponente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo encargado de redactar el auto que exime de imputación a Felipe González en el caso GAL, Cándido Conde-Pumpido, terminó el martes de redactar la resolución, que al día siguiente fue firmada por todos los magistrados, incluidos los cuatro disidentes. Los magistrados partidarios de imputar al ex presidente presentarán un voto particular conjunto.

El pasado día 4 la Sala Segunda del Tribunal Supremo respaldó por seis votos frente a cuatro la negativa del juez instructor Eduardo Móner a que González declarase como imputado. El auto del tribunal y el voto particular conjunto serán hechos públicos hoy, si los magistrados disidentes terminan de perfilar sus argumentos. Según fuentes de la Sala, el presidente del tribunal, José Augusto de Vega; el magistrado ponente, Cándido Conde-Pumpido, y los cuatro magistrados de la minoría acudirán hoy al Supremo a fin de intentar poner término a la resolución.

Los seis magistrados de la mayoría han estimado también que las declaraciones de Ricardo García Damborenea, Julián Sancristóbal y Luis Roldán no tienen la verosimilitud y credibilidad que debe reunir una prueba de cargo.

Fueron las declaraciones de García Damborenea las que determinaron el envío de la causa al Tribunal Supremo por parte del juez Baltasar Garzón, sin que, posteriormente, ante el juez Móner, el ex secretario general de los socialistas vizcaínos, hoy en la órbita del PP, aportase mayores precisiones a un testimonio plagado de vaguedades.

A las declaraciones incriminatorias, de Damborenea se incorporó "una vaga alusión" inculpatoria del ex director general de Seguridad, Julián Sancristóbal. A raíz de que el juez Eduardo Móner apreciase que entre ambos testimonios no había suficientes elementos para imputar al ex presidente, el ex director general de la Guardia Civil Luis Roldán pidió declarar en la causa con el evidente propósito de coadyuvar a la imputación.

El auto dirige una mención elogiosa a la labor del instructor, Eduardo Móner, que decidió rechazar la petición de que se citara al ex presidente González.

La ponencia de la resolución se encomendó a Conde-Pumpido cuando el magistrado Joaquín Delgado, ponente del caso GAL, decidió votar con la minoría partidaria de citar a González. Según fuentes de la Sala Segunda consultadas por la agencia Efe, el auto de Conde-Pumpido "está muy bien hecho, con una sólida base jurídica y es muy objetivo".

Voto disidente

Después de firmar el auto del tribunal y teniendo a la vista los argumentos de Conde-Pumpido, los magistrados disidentes comenzaron a redactar el miércoles un voto particular muy elaborado, con argumentos orientados a rebatir a los de la mayoría. El voto particular ha sido redactado fundamentalmente por el magistrado José Antonio Martín Pallín, aunque recogiendo el parecer de los otros tres, Luis Román Puerta, Roberto García Calvo y Joaquín Delgado.

Estos magistrados consideran que cuando las declaraciones de los testigos de cargo no son manifiestamente falsas o inverosímiles se debe tomar declaración a la persona a la que sus declaraciones inculpan, precisamente "para su defensa y mejor garantía de futuro". No hacerlo así, según los jueces disidentes, supone "cerrar una herida en falso".

Coincidiendo con la previsible notificación del auto que exonera de declarar como imputado a González en el Tribunal Supremo, el ex ministro socialista del Interior José Luis Corcuera y el ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera, comparecerán en la Audiencia Nacional a requerimiento del juez Baltasar Garzón, que les ha imputado la supuesta detención ilegal de un grapo, basándose en otras declaraciones de Luis Roldán.

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