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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Dispuestos a todo

UN TESTIGO que había implicado a guardias civiles del cuartel de Intxaurrondo en la tortura y asesinato de los miembros de ETA Lasa y Zabala, en 1983, fue a su vez torturado por desconocidos el pasado fin de semana. Podrá considerarse que su testimonio es más o menos fiable y especularse con otros posibles móviles de la agresión. Pero la realidad innegable, corroborada por los médicos que le atendieron, es que ese denunciante -amparado por la ley de protección de testigos, por lo que su identidad no es públicamente conocida- fue salvajemente torturado y vejado. Tan innegable como que Lasa y Zabala fueron secuestrados, torturados y asesinados. Que la policía diga no haber descartado otras hipótesis puede ser una cautela profesional lógica. Pero mientras no aparezcan evidencias que la contradigan, la hipótesis más verosímil es la que relaciona la agresión con un intento de amedrentar al testigo a fin de que retire su acusación contra agentes de Intxaurrondo. Y ello es gravísimo.Así se deduce del relato del testigo, pero también de los antecedentes relacionados con este caso. Todos o casi todos los testigos que han vinculado a Intxaurrondo con el caso Lasa y Zabala han sido amenazados o presionados. Ayer mismo, uno de ellos, un antiguo guardia civil apellidado Velázquez, que ya había atribuido a amenazas la retirada de una primera denuncia realizada en 1986, declaró en la Audiencia Nacional haber encontrado la víspera, en el buzón de su domicilio, una bala de 9 milímetros, cuya presencia interpretó como un aviso de lo que le esperaba si mantenía su acusación. Otro testigo acogido a las medidas de protección, un antiguo contrabandista apodado Txofo, denunció el pasado verano haber sido filmado por guardias civiles cuando comía con el ex gobernador de Guipúzcoa Juan María Jáuregui. Este último declaró que "un sector de la Guardia Civil está tratando de intimidar o hacer todo lo posible para que este testigo no declare".

La posibilidad de que algunas de esas personas hayan declarado en falso a cambio de dinero no es del todo descartable, pero no parece muy probable en casos tan graves como el del secuestro y asesinato de. Lasa y Zabala. De todas formas, esa credibilidad se vería reforzada si los propios testigos, o algunos de ellos, se prodigaran menos en programas de televisión y otros medios. Que la trayectoria biográfica de algunos de esos testigos sea poco edificante, incluso, eventualmente, la de auténticos canallas, es algo a tener en cuenta a efectos de valorar la fiabilidad de sus testimonios, pero no de determinar el grado de protección que necesitan. Lo primero corresponde a los jueces y lo segundo al Ministerio del Interior.

Por su propia naturaleza, ciertos delitos sólo pueden ser esclarecidos a partir de denuncias de personas que al hacerlas ponen en riesgo evidente su seguridad personal. Ése fue uno de los motivos por los que el Parlamento aprobó en diciembre de 1994 un proyecto de ley presentado por el PNV sobre "protección a testigos y peritos en causas criminales". La ley atribuye al instructor la capacidad para establecer las medidas necesarias para preservar la identidad de aquellos testigos en los que aprecie un temor razonable a sufrir represalias, y para garantizar, mediante la protección policial adecuada, su seguridad.

Interior ha argumentado que las medidas aplicadas habían sido decididas conjuntamente por el juez, el ministerio y el interesado. El lamentable resultado evidencia que eran medidas insuficientes. Si la presencia de escoltas se consideraba demasiado llamativa en una localidad como en la que habitaba el agredido, éste tendría que haber sido trasladado a otro lugar. En todo caso, con vistas al futuro, ya se sabe que hay gente, supuestamente interesada en evitar que avance la investigación del caso Lasa y Zabala, dispuesta a torturar para presionar a los testigos antes del juicio, incluso si ello aumenta la presunción de culpabilidad a ojos de la opinión pública. En adelante, las medidas de protección deberán ser proporcionales a esa evidencia.

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