Contestación
Ante las noticias difundidas por EL PAÍS el pasado 30 de septiembre en la columna Opinión del lector, le ruego inserte la contestación siguiente a la supuesta queja que formula don Alberto Ortiz Valbuena:1. Ante la sorpresa que le pueda suscitar al señor Ortiz Valbuena la denuncia que formuló, primero, al parecer, ante los responsables del establecimiento donde observó la irregularidad denunciada, el señor Ortiz Valbuena, como cualquier otro ciudadano, tiene la obligación de poner en conocimiento de la autoridad administrativa en general y, en este caso, de las sanitarias, en concreto, incluso las presuntas irregularidades que se puedan detectar en la comercialización de alimentos o bebidas. De manera que la actuación del señor Ortiz Valbuena hay que aplaudirla porque, gracias a la queja que formuló primero ante el responsable del establecimiento, ello impidió que se siguiera comercializando un producto que, por carecer de etiquetado, según la propia versión del señor Ortiz Valbuena, podría ser susceptible, de alterar la salud de los ciudadanos.
2. Las molestias causadas al señor Ortiz Valbuena cuando se dirige al Ayuntamiento cumplimentando una hoja de reclamaciones, no son excepcionales, ya que es una de las firmas que utiliza la Administración para que, a través de los ciudadanos, se pueda contar con la colaboración de éstos en las circunstancias descritas.
3. El señor Ortiz Valbuena no leyó bien el impreso de hoja de reclamación ya que, en el margen izquierdo, figura en cuatro idiomas (español, francés, inglés y alemán) la dirección a la que deben dirigirse estos impresos denominados "hoja de reclamaciones". A pesar de todo, el impreso encontró su destinatario.
4. No puede sorprenderse el señor Ortiz Valbuena por recibir el 29 de enero de 1996 la respuesta a su denuncia (la denuncia en forma de hoja de reclamaciones tuvo entrada en estos servicios el 2 de enero, y el día 3 se comprobaron los hechos), ya que él mismo propició que los responsables de aquel establecimiento retirasen el producto sospechoso y lo sustituyeran por otro de la misma naturaleza, si bien cumpliendo todas las normas sobre etiquetado, presentación y publicidad exigidas por las disposiciones vigentes. De ahí que la notificación que recibe confirma estos hechos.
5. Estos servicios municipales, como cualquier otro, están abiertos a todos los ciudadanos pero, ciertamente, el señor Ortiz Valbuena se excedió cuando, al recibo de esta notificación, se personó en las dependencias municipales correspondientes. Pudo haber evitado este enojoso trance poniéndose en contacto a través del 010 o de los teléfonos de centralita el Ayuntamiento de Madrid. En cualquier caso, los funcionarios que atendieron al señor Ortiz Valbuena lo hicieron con suma corrección y precisión, explicándole exactamente las mismas razones que se exponen en este escrito. Disiento cuando se refiere que fue informado por la que suscribe, ya que, según he podido constatar, quienes informaron al señor Ortiz Valbuena fueron aquellos funcionarios pertenecientes a este departamento.
Finalmente, al señor Ortiz Valbuena y a todos los lectores de EL PAÍS, quisiera informarles de cómo actúa el Ayuntamiento de Madrid respecto de los Servicios de Inspección Alimentaria, pues no sólo las hojas de reclamaciones son el único vehículo para detectar posibles irregularidades, sino por medio de 16 campanas y de más de 20.000 visitas de inspección, así como de la recogida de 7.200 muestras de alimentos que se produjeron durante el año 1995. Creo son una muestra suficientemente importante para que se tranquilice don Alberto Ortiz Valbuena y, de paso, deje de intranquilizar a los lectores de EL PAÍS.- Jefa del Departamento de Higiene Alimentaria.
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