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Tribuna
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Simetría y asimetría autonómica

Creo que no está de más recordar que la interpretación asimétrica del Título VIII de la Constitución fue la primera que se intentó imponer en el otoño del 79. Inmediatamente después de las elecciones de abril, el Gobierno de UCD dio varios pasos: 1º Tramitó por el procedimiento de urgencia la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional (octubre 79). 2º Negoció en noviembre los estatutos vasco y catalán. 3º Negoció en diciembre "a la baja" el estatuto gallego. 4º Decidió unilateralmente en enero del 80 que todas las demás regiones accedieran a la autonomía por el 143 CE.El modelo inicial del Estado de las Autonomías era, pues, un modelo con tres niveles: dos más uno más catorce. Se trataba de la interpretación más asimétrica de la Constitución de todas las posibles. La autonomía, en su vertiente política, era un problema básicamente vasco y catalán y en parte gallego. En su vertiente administrativa era un problema general de todo el territorio del Estado. A través de esta vía oblicua UCD y los partidos nacionalistas pretendieron dar concreción a la distinción entre nacionalidades y regiones del art. 2 CE. Aquello acabó como acabó con la desaparición del centro-derecha español del sistema político durante una década. Y es que no podía acabar de otra manera. UCD cometió el inmenso error de pactar exclusivamente con los nacionalismos vasco y catalán la definición de la estructura del Estado, sin advertir que se trataba de un problema de naturaleza constituyente y que, por eso, exigía un acuerdo en el que tenían que participar los partidos nacionalistas, pero en el que tenían que participar también y sobre todo los partidos nacionales y con más peso que ninguno el otro gran partido nacional, el PSOE.

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Los partidos nacionalistas, en lo que a la definición de la estructura del Estado se refiere, son importantes, pero no son decisivos. Y no deben serlo. Decisivos sólo pueden ser los dos grandes partidos nacionales: UCD-PSOE, PSOE-PP. Ahí están como prueba los pactos autonómicos del 81 y del 92, a través de los cuales se ha definido la estructura del Estado dentro de las posibilidades y límites fijados en la Constitución. Han sido pactos que han tenido que acabar haciendo en solitario los dos grandes partidos nacionales. Es así por la propia naturaleza de las cosas. La estructura del Estado es la cuestión más importante para la convivencia pacífica en toda sociedad. No figura en las encuestas de opinión entre las preocupaciones más destacadas de los ciudadanos. Pero es mucho mas importante que el paro, la inflación, la vivienda, los tipos de interés, la inseguridad ciudadana y lo que sea. Es la premisa indispensable para que todos esos problemas puedan ser abordados políticamente, es decir, de manera civilizada. Justamente por eso es por lo que dicha cuestión no puede ser resuelta desde una perspectiva parcial. Parcialmente se pueden tener respuestas para el paro, la inflación, etcétera. En eso consiste la política en democracia. Los partidos son portadores de programas generales de gobierno a partir de la representación de intereses parciales. Ningún partido representa a toda la sociedad y, sin embargo, cuando llega al gobierno es el Gobierno de la Nación y no sólo de quienes lo han elegido.

Nada hay que objetar, en consecuencia, a que un partido nacionalista participe en la definición de la política del Estado con todo el peso que sea capaz de poner en la balanza. Pero una cosa es la política de gobierno y otra la estructura del Estado. Que un partido nacional pacte con otro nacionalista la estructura del Estado deja de ser legítimo. Y la pérdida de la legitimidad se suele pagar muy caro. Incluso con la propia supervivencia.

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