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La UE prohíbe anunciar el poder adelgazante de alimentos hipocalóricos

Los productos alimentarios bajos en calorías deberán de cumplir, a partir del primero de abril de 1999, una serie de requisitos para evitar daños a la salud de los consumidores, tras la directiva aprobada ayer por la Comisión Europea. Entre ellos, se fija la composición mínima energética, proteínas o fibra que deben contener y se prohibe que anuncien sus supuestas propiedades adelgazantes.

Los países de la UE tienen de plazo hasta el 30 de setiembre de 1997 para incorporar la nueva directiva a sus legislaciones. El nuevo etiquetado deberá especificar que el alimento en cuestión no debe ser consumido sin prescripción médica durante más de tres semanas. Ni la publicidad ni la presentación del producto podrán mencionar el ritmo al que supuestamente se puede perder peso con su consumo, ni el número de kilos que se adelgaza.La nueva normativa "evitará sorpresas desagradables a los consumidores y garantizará la comercialización de productos inofensivos y eficaces al mismo tiempo", afirmó el comisario europeo responsable del sector alimentario, Martin Bangemann. Según indicó, la directiva cuenta con "el visto bueno unánime del comité científico de productos alimenticios".

El ejecutivo comunitario ha fijado la cantidad de proteínas y lípidos, el contenido energético y el volúmen de fibras que deben poseer estos productos bajos en calorías para poder ser comercializados. Todas las etiquetas estarán obligadas a especificar el contenido en cada caso de estos elementos, así como de las vitaminas y minerales.

En este sentido, el aporte energético de una ración diaria no debe ser inferior a las 800 kilocalorías y no supera las 1.200. En cuanto a las fibras alimenticias, el contenido mínimo y máximo puede ser diariamente de 10 y 30 gramos respectivamente.

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