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Un tribunal concede a un hombre una indemnización por la muerte en accidente de su compañero sentimental

Blanca Cia

Un tribunal de Barcelona ha reconocido el derecho de un hombre a cobrar una indemnización por la muerte, en accidente de tráfico, de su compañero sentimental. Se trata de una de las escasas sentencias que reconoce idénticos derechos a las parejas heterosexuales y homosexuales. Como dice la propia sentencia, dictada por la Sección Primera de la Audiencia de Barcelona, "aunque la relación de pareja homosexual es, de momento, ajena al Derecho de Familia por imperativo constitucional, no es extraña al derecho civil en una sociedad plural y democrática".La demanda por una indemnización fue planteada por el compañero del fallecido que optó por un pleito civil al ver que en el juicio de faltas ni siquiera se reconocía la culpabilidad del conductor que atropelló mortalmentea su compañero que viajaba en una motocicleta. El accidente ocurrió en Barcelona en mayo de 1990. Mientras, familiares del fallecido llegaron a cobrar directamente de la compañía aseguradora.

La Audiencia ha reconocido ahora que entre el demandante y el fallecido existía "una relación más íntima que la pura amistad, y lícita como manifestación de la libertad individual, acreditada por el certificado de empadronamiento en el mismo domicilio". El fallo establece que la indemnización de 3,5 millones de pesetas se concede por el "daño moral". El tribunal estipuló que la compañía debía pagar el 20% de intereses desde el accidente porlo que el compañero ha cobrado 7,5 millones de pesetas.

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Sobre la firma

Blanca Cia
Redactora de la edición de EL PAÍS de Cataluña, en la que ha desarrollado la mayor parte de su carrera profesional en diferentes secciones, entre ellas información judicial, local, cultural y política. Licenciada en Periodismo por la Universidad Autónoma de Barcelona.

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