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Belloch no logra eliminar el delito político como obstáculo a la extradición en la UE

El ministro de Justicia e Interior, Juan Alberto Belloch, no consiguió ayer convencer en Bruselas a sus homólogos europeos de que desaparezca el "delito político" en los procesos de extradición entre los países miembros de la UE. Las reticencias de Francia y, en menor medida, de Italia, impidieron el consenso, por lo que el asunto será estudiado el próximo semestre, bajo presidencia de Italia.

España defiende que no tiene sentido la existencia de delitos políticos en la UE, cuando todos los estados miembros están de acuerdo en que el respeto de los derechos humanos y las libertades políticas son elementos consustanciales a las democracias. España, que cree que detrás del llamado "delito político" se esconde el terrorismo, ha sufrido en propias carnes la indefinición de las legislaciones de algunos países europeos.La Audiencia de Berlín denegó recientemente dos extradiciones a España por entender que no está garantizado el respeto a los derechos humanos. Hace casi dos años, un tribunal belga rechazó la extradición de dos presuntos colaboradores de ETA al estimar que las pruebas contra ellos se habían obtenido con malos tratos.

Para Belloch, la clave no está en que los Gobiernos presionen a los jueces, porque iría contra la separación entre ambos poderes, sino en que las normas que aplican los jueces eliminen la posibilidad, salvo como excepción, de negar la extradición de un país de la UE a otro por motivos políticos.

Francia alega que la supresión del delito político como motivo para negar una extradición obligaría a modificar la Constitución francesa. Para superar esta reticencia, Belloch ofreció una fórmula de compromiso, que no prosperó, aunque empezó a ganar terreno. La redacción propuesta por España consideraba que "a efectos de extradición entre estados miembros de la UE, ningún delito será considerado por éstos como político o como hecho conexo con un delito de tal naturaleza".

Pero dejaba una puerta abierta a los problemas de Francia: "No obstante, se podrá denegar la extradición si la parte requerida considera que el delito por el cual se solicita la extradición es un delito político o un hecho conexo con un delito de tal naturaleza, en lo que respecta a un Estado requiriente que haya hecho uso, de la posibilidad de no aplicar las obligaciones establecidas en el Convenio para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, de conformidad con el apartado 1 del artículo 15 de dicho Convenio".

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