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INVESTIGACION DE LA GUERRA SUCIA

Secretos europeos

Los Gobiernos de la UE se escudan en la reserva para negar datos a los jueces

Si España fuese el Reino Unido, el ministro de Defensa, Gustavo Suárez Pertierra, no habría tenido que plantear un conflicto de júrisdicción con el juez Baltasar Garzón para evitar que éste le acuse de denegación de auxilio a la justicia por negarle los papeles del Cesid sobre la guerra sucia. Le habría bastado remitirle un "certificado de inmunidad". Este significativo nombre tienen los documentos que, al amparo de la Ley británica de Secretos Oficiales, de 1 de marzo de 1990, pueden remitir los ministros a los jueces negándose a facilitar la información que les solicitan con el argumento de que su difusión dañaría el interés público.

La última vez que el Gobierno británico utilizó esta prerrogativa, fue en el proceso contra los responsables de una empresa, acusada de violar el embargo de armas contra Irak, relacionados a su vez con los servicios secretos. La defensa alegó que las exportaciones estaban amparadas por certificados oficiales y el tribunal solicitó la documentación pertinente a los ministerios de Comercio, Interior y Asuntos Exteriores. La Administración se negó a entregar los documentos, mediante el procedimiento de los "certificados de inmunidad" sin que dicha negativa fuese recurrida ni los ministros incurriesen en responsabilidad alguna. El proceso fue sobreseído.

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Los Estados de más rancia tradición democrática de Europa no tienen empacho en poner coto a la actuación de los tribunales mediante el recurso al secreto oficial, incluso cuando existen indicios de delito. En Alemania, el artículo 96 del Código de Procedimiento. Penal señala que los jueces no pueden requerir la entrega de documentación si la autoridad competente declara que "del conocimiento del contenido de dichas actas o documentos puede derivarse un perjuicio para el Estado o para un land [Estado] federado". La Ley de la Función Pública. alemana señala que los funcionarios no pueden declarar "ni ante un tribunal ni extrajudicialmente" sobre asuntos conocidos durante el ejercicio de su cargo que puedan perjudicar importantes intereses públicos, pudiendo ser castigados con hasta cinco años de cárcel si incumplen esta obligación

En Francia, un decreto de mayo de 1981 impide el acceso a información secreta de todas aquellas personas que no estén expresamente autorizadas para ello. El Gobierno francés se ha escudado en los secretos de Estado para negar información entre otros casos, sobre el secuestro del terrorista Carlos en Sudán o sobre el hundimiento del buque de Greenpeace Rainbow Warrior en Nueva Zelanda sin que los tribunales cuestionaran esta actitud.

En Italia, por el contrario, la última palabra corresponde al Parlamento. El presidente de Consejo de Ministros determina las materias que se considera secretos de Estado y sobre la cuales ni los funcionarios pueden declarar ante los tribunales ni los jueces reclamar documentación alguna. El funcionario que, amparado por el presidente, se niega a declarar queda exento de ser acusado de denegación de auxilio a la justicia No obstante, es un comité parlamentario -formado por cuatro diputados y cuatro senadores el que valora si la alegación de secreto de Estado carece o no de fundamento. Hasta ahora, el comité parlamentario no ha desautorizado nunca al presidente del Gobierno.

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