El Parlamento aprueba la ley de salud laboral que aumenta las multas hasta los 100 millones
El Parlamento aprobó ayer la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, más conocida como Ley de Salud Laboral, que sale del Congreso con un consenso generalizado entre los partidos políticos y una queja de la oposición: la tardanza del Gobierno en presentar el proyecto, que lleva casi tres años de retraso. La ley, que cuenta también con el beneplácito de los agentes sociales, adapta la directiva marco europea, establece la obligación de crear o concertar servicios de prevención en las empresas, de más de seis trabajadores y eleva sustancialmente las sanciones, que pueden llegar a 100 millones de pesetas.
, "En el último mes y medio he ido al entierro de 18 mineros". Con esta frase, Ángel Cárcoba, responsable de salud laboral de Comisiones Obreras, resumía la gran preocupación que provoca la alta siniestralidad en España. Casi 6 trabajadores (5,6) de cada 100 sufrieron un accidente laboral en su jornada de trabajo el año pasado, según datos del Instituto, Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo. Una tasa además que, lejos de disminuir, aumenta desde 1994 favorecida por una mayor actividad económica y un incremento de la contratación en precario. De ahí las esperanzas que los agentes sociales y los partidos políticos ponen en la nueva norma. Una ley marco, de aplicación para todos los trabajadores, incluidos funcionarios (pero con excepciones como policías o empleados del hogar), que pone el acento, precisamente, en la prevención.La ley goza de acuerdo generalizado, si bien partidos, sindicatos y patronal han puesto objeciones en alguno de sus artículos, El PP ha manifestado su apoyo total y sin reservas" aunque lamenta que no se den incentivos a las empresas que se destaquen por su labor preventiva; el Gobierno afirma que es una norma que se inserta en el modelo social europeo que defiende, y la CEOE la califica de necesaria" por trasponer regulaciones comunitarias y poner orden en la dispersión de normas qué, hasta ahora regulaban la materia, más de 100.
Los sindicatos, aunque la juzgan insuficiente, han mostrado también su satisfacción porque era "urgente". Entre 1990 y 1994 han muerto en jornada laboral 6.170 trabajadores, y el número de accidente! de enero a septiembre de este año se ha incrementado un 15%, con 820, accidentes mortales.
Participación
Entre los elementos de la nueva ley destaca la participación que da, no sólo a los trabajadores, sino también a los empresarios y los representantes de las administraciones. Todos ellos formarán parte de la nueva Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, un órgano que hará propuestas de aplicación de la ley y en el que sindicatos, empresarios y administraciones tendrán igualdad de voto.
Al margen de concretar más los derechos y obligaciones que la multitud de normas en vigor ya contemplan, la ley establece nuevos deberes para los empresarios. Por ejemplo, la evaluación del riesgo en sus empresas y la obligación de comunicar a cada trabajador el riesgo existente en su puesto de trabajo, y de aplicar los planes de prevención oportunos. Ello requiere profundizar en las labores de formación e información, algo a veces difícil para las pequeñas empresas. Por ello se crea una Fundación, adscrita a la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, que tendrá como fin la asistencia técnica a las pymes. Su patrimonio vendrá del Fondo de Prevención y Rehabilitación procedente de los excedentes de gestión de las mutuas de trabajo. Su composición y la cuantía de su patrimonio está pendiente del reglamento, sí bien se habla de que contara con unos recursos en torno a los 10.000 millones de pesetas.
La Fundación dió algún que otro dolor de cabeza al Grupo Socialista en la tramitación parlamentaria por problemas de competencias aducidos por los nacionalistas vascos en el reparto de la financiación. Finalmente, la gestión de esos fondos se hará a través de órganos institucionales en los que están presentes las comunidades autónomas.
Las empresas tendrán que contar obligatoriamente con servicios de prevención, algo parecido a los actuales servicios médicos, pero ampliados, ya que tendrán carácter interdisciplinar. Podrán ser internos aunque estarán sometidos a auditorías externas, o concertados. Sólo quedan exentos de es tos servicios, las empresas menores de seis trabajadores en las que el propio empresario puede realizar la labor preventiva. Este punto ha sido uno de los más polémicos en la negociación con 'los sindicatos que creen que así no se universaliza el servicio de prevención. Pretendían que, aunque la empresa fuera menor de seis trabajadores, si tenía algún tipo de riesgo tuviera que tener el servicio de prevención.
También establece la ley el delegado de prevención, una figura nueva más en su denominación que en su existencia puesto que el delegado será uno de los representantes de los trabajadores ya elegido, es decir, un miembro del comité de empresa o un delegado de personal. Ello supone que el delegado de prevención realizará su labor dentro de las horas sindicales que incluye el Estatuto de los Trabajadores, aunque se pueden ampliar en determina dos casos. Ha sido otro de los puntos calientes en la discusión previa con las centrales sindicales. Estos delegados pueden, por mayoría simple, llegar a paralizar la actividad de la empresa en caso grave y de inminente riesgo.
La ley refuerza la obligación de información del empresario y el derecho de los trabajadores a mayor formación y a ser consultados. Pero hace hincapié también en la vigilancia ' del estado de salud de los empleados que, con su consentimiento, podrán tener revisiones periódicas confidenciales.
Se refuerza también, la preIvención en las situaciones de maternidad y lactancia y la protección de los menores. Los trabajadores temporales, o contratados por empresa de trabajo temporal, disfrutarán del mismo nivel de protección que tienen los trabajadores con contrato indefinido. Se mantienen, por otra parte, los comités de salud e higiene en las empresas, pero pasan a ser paritarios.
Las sanciones
Uno de los aspectos más llamativos de la nueva ley es el fuerte incremento de las sanciones. A partir de su entrada en vigor las faltas leves serán. sancionadas con hasta 250.000 pesetas (50.000 en la normativa anterior), las graves con hasta cinco mill9nes (hasta medio millón antes) y las graves podrán ser multadas con 100 millones de pesetas, frente a los 15 de sanción que había hasta ahora. Las faltas, además, quedan mejor tipificadas.
Con todo, es el áspecto sancionador del que menos gusta hablar tanto al Gobierno cómo a los agentes sociales, "porque llegar a las multas significa: que se ha fracasado en la labor de prevención", dice Javier Gómez-Ortihuega, director general de Seguridad e Higiene. "El sistema sancionador", afirma Cárcoba "es insuficiente". Y ello porque la administración no cuenta con medios suficientes. Según CC OO, que cita datos. oficiales, el año pasado se levantaron 25.000 actas de infracción que supusieron multas por valor de 4.800 millones de pesetas. Pero la Direción General de Trabajo no llega a recaudar dar el 10%.
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