El Tribunal Europeo de Justicia declara ilegal la discriminación positiva de la mujer
La sentencia de Luxemburgo afecta a centenares de normas en la UE
El Tribunal Europeo de Justicia considera que la iscriminación positiva de la mujer es ilal cuando se aplica de forma "absoluta e incondicional". El alto tribunal declaró ayercontraria a las leyes comunitarias ' una disposición del Estado de Bremen (Alemania) que establece que para que hombres y mujeres se repartan al 50% los puestos en la función pública, una mujer tiene preferencia sobré un hombre, si es un sector donde está infrarrepresentada. La sentencia, que ha causado un gran malestar en la UE, defensora de la discriminación positiva de la mujer, afecta a centenares de normas europeas.
El Tribunal Europeo de Justicia dio la razón ayer a un ciudadano alemán, Eckhard Kalanke, que en 1990 perdió un concurso de promoción interna de la sección de parques y jardines del Ayuntamiento de Bremen, una ciudad del norte de Alemania. El consistorio eligió para el Puesto a una mujer, Heike Glissmann, pese a que ambos habían quedado empatados en cabeza del concurso que se estableció para otorgar la plaza. La autoridad municipal se limitó a aplicar una ley regional de ese mismo año que favorece a la mujer frente al hombre en estos casos cuando se trata de sectores económicos en los que la mujer está peor representada que el hombre.La sentencia no obliga por sí misma a cambiar la ley, sino que impele al juez alemán a revisar el caso que. ha provocado la sentencia. Sin embargo, fuentes jurídicas expertas en derecho comunitario señalan que la decisión del alto tribunal obligará a cambiar centenares de leyes y. reglamentos europeos porque "el Tratado de Maastricht, consagra la obligación estructural de adoptar estas sentencias".
La decisión del Tribunal de Luxemburgo, presidido en este caso por el juez español Gil Carlos Rodríguez Iglesias, no tiene recurso posible. El tribunal no se pronuncia contra la discriminación positiva, amparada por la directiva comunitaria 76/ 207/ CEE, pero la límita enormemente al sostener "una reglamentación "nacional que garantiza la prioridad absoluta e incondicional a las mujeres, en el caso de un nombramiento o una promoción, va más allá de una promoción de igualdad de oportunidades y sobrepasa los límites de la excepción. prevista en el artículo 2, párrafo 4, de la directiva".
El tribunal considera injusto que el derecho del individuo su fra una discriminación sexual aunque. el objetivo sea favorecer a un grupo tradicionalmente des favorecido. A juicio del abogado general del alto tribunal, el napolitano G. Tesauro, la lucha contra la discriminación de la mujer no se debe realizar mediante cuotas de puestos de 'trabajo, sino con medidas relativas a la organización del trabajo y, en particular, al horario de trabajo, las estructuras destinadas a la infancia y otras medidas que permitan conciliar las obligaciones familiares con las laborales".
Numerosos interrogantes
La sentencia ha provocado agrias reacciones de grupos políticos y feministas, pero también el rechazo del Comisario europeo de Asuntos Sociales, el irlandés Padraig Flynn. Éste aseguró ayer, en Bruselas, que la resolución plantea numerosos interrogantes sobre el acceso de la mujer a los puestos de trabajo. "Hasta ahora pensábamos que la Ley de Bremen se ajusta, al derecho comunitario y más específicamente a la Directiva 76/207 sobre igualdad de tratamiento para hombres y mujeres en el acceso al empleo y las, condiciones de trabajo. El Tribunal de Luxemburgo ha dejado claro ¿fue no comparte nuestro punto de vista. A la luz de esta sentencia, estoy examinando. de forma muy activa qué posibilidades nos quedan abiertas para el futuro" añadió el comisario, de Asuntos Sociales.
La de Flynn no ha sido la única reacción' negativa. "Los jueces viven fuera de la realidad en lo que respecta al trabajo de la mujer en Europa", declaró Pauline Green, líder del grupo socialista en el Parlamento Europeo. Para el Lobby de Mujeres Europeas, con sede en Bruselas, esta decisión "refleja la tendencia a limitar el acceso de las mujeres al empleo y los centros de decisión, particularmente en tiempos de recesión económica y desempleo".
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