Una clínica deberá mantener a una niña que nació tras una esterilización
La Audiencia de Alicante acaba de hacer pública una sentencia que condena a la clínica GINETEC a mantener hasta su mayoría de edad a una niña que nació después de haber sometido a esterilización a la madre. La sentencia se fundamenta en que la clínica no ofreció suficiente información sobre las posibilidades de éxito o fracaso de la intervención quirúrgica. Los hechos ocurrieron en marzo de 1989 cuando Virginia Lizcano decidió someterse a una ligadura de trompas para evitar más embarazos. La familia no atravesaba un buen momento económico y daban por suficientes las dos hijas que ya tenían. La sorpresa saltó un año después de la intervención. La posibilidad era mínima, un cinco por mil, pero fue suficiente para que Virginia volviese a concebir un hijo.
Ante la imposibilidad de conseguir que los propietarios de la clínica GINETEC asumieran las responsabilidades que, a su juicio, tenían en el embarazo sorpresa, Virginia Lizcano decidió iniciar la vía judicial.
Tras cuatro años de pleitos, el argumento de la Audiencia es que Virginia Lizcano no fue avisada de la posibilidad de concebir hijos. "La Audiencia Provincial ha estimado que mi cliente no fue bien informada y desconocía que existía una mínima posibilidad de quedar nuevamente embarazada", dice el abogado defensor, David Martín Lafoz.
La sentencia implica el pago de una indemnización suficiente para que, puesta a plazo fijo en alguna entidad bancaria, produzca una renta de entre 20.000 y 30.000 pesetas mensuales hasta que la pequeña Virginia cumpla los 18 años.
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