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La UE prohibirá la venta del bronceador Bergas a partir de 1997

El Comité Científico de Cos tología de la Unión Europea cidiá, por mayoría cualifica( con el voto en contra de Frar prohibir la fabricación y vent los bronceadores que contic la sustancia furo-cumarina. decisión, ratificada por la C< sión Europea, afecta princi mente a la marca Bergasol, se fuentes comunitarias, al sup este bronceador los límites rr mos permitidos por la nuevi gislación comunitaria. A pi de julio de 1996, Bergasol y: podrá producir este broncei. y la empresa dispondrá del p adicional de un año, hastade 1997, para deshacerse d; existencias.

A pesar de que los expo reconocen que el citado c puesto químico es canceríl los procedimientos comuniti establecen un plazo de dos entre la decisión y la prohib total de venta en el mercado rior. Se trata, según recon expertos comunitarios, de c< der los plazos necesarios a 1 dustria para que ésta se p adaptar a la nueva normi La directiva de adaptación difíca la legislación básica

productos cosméticos de a do con los últimos datos téc y científicos. La legislación UE no prevé ninguna excel a este plazo.

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