Las familias podrán escoger colegio con una información previa sobre su nivel de calidad
El descenso demográfico permitirá en un futuro próximo ampliar las posibilidades de elección de centro educativo por las familias, que actualmente son todavía bastante limitadas, sobre todo en la etapa del bachillerato. Pero, para elegir bien, es precisa una información suficiente sobre las características de los centros, su verdadero nivel de calidad y las propuestas educativas que distinguen a unos de otros. Un anteproyecto de ley que presentó ayer el ministro de Educación, Gustavo Suárez Pertierra, sienta las bases para ampliar la información pública sobre el funcionamiento de colegios e institutos.
Una ley establecerá que los centros serán evaluados y los resultados se harán públicos
La futura ley educativa, que tendrá carácter de orgánica (su aprobación requiere mayoría parlamentaria absoluta), desarrolla el título IV de la Ley de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), relativo a la calidad de la enseñanza.
Diversos apartados del anteproyecto revelan la intención de aumentar la publicidad de la información sobre el funcionamiento de los centros sostenidos con fondos públicos (estatales y privados concertados) y sobre cuantos aspectos puedan ser "determinantes en su elección por parte de los alumnos o de sus padres o tutores". El ministro precisó que se van a ampliar las zonas de elección de centro, aunque seguirá habiendo una delimitación, y resumió que esta ley va a permitir que el servicio educativo sea "mejor valorado por la sociedad".
La evaluación estará encomendada a los servicios de inspección, con los que colaborarán los órganos colegiados e individuales de gobierno de las escuelas. Además de esa evaluación "externa", los centros deberán hacer la suya propia, interna, para medir el grado de consecución de sus objetivos. "Las administraciones educativas harán públicos periódicamente los resultados de las evaluaciones". La evaluación global del sistema educativo será la tarea fundamental del ya creado Instituto Nacional de Calidad y Evaluación, del que forman parte todas las administraciones competentes en política educativa.
Autonomía de gestión
Los centros dispondrán de "autonomía para definir el modelo de gestión", que alcanza al ámbito económico, incluso a la "adquisición de bienes y realización de obras". Una novedad sobre la situación actual es que los centros puedan "obtener ingresos derivados de la utilización de sus instalaciones y recursos" para aplicarlos a sus gastos de funcionamiento.
Aunque se mantiene la participación de la comunidad educativa en la gestión a través de los consejos escolares, cuyo mandato se amplía de los dos años actuales a tres, la ley tiende a potenciar y profesionalizar la figura del director. Éste seguirá siendo elegido por el consejo escolar; su mandato se amplía de los tres años actuales a cinco, y se establece, para el acceso al cargo, el cumplir con al menos dos de los siguientes requisitos: experiencia anterior en responsabilidades de gobierno, contar con una valoración positiva de su labor docente y haber obtenido una formación específica en este campo, para lo que la Administración convocará permanentemente cursos abiertos a cuantos piensen optar a ser directores.
Después de cada mandato, si el director ha recibido una evaluación positiva de su labor, verá consolidada en su salario una parte del complemento retributivo correspondiente, que dependerá del número de años que haya ejercido el cargo. Cuando no haya candidatos, el mandato del que designe directamente la Administración será también de cinco años, sin duda con la intención de evitar al máximo tal eventualidad, lo que ha sido moneda corriente hasta ahora.
Inspectores por oposición
En cuanto a la inspección, la ley mantiene en parte el modelo actual, con la particularidad de que el acceso a esta "categoría" se producirá mediante un concurso-oposición y no sólo de méritos como en la actualidad. Y, aunque no se prevé la existencia de un "cuerpo de inspectores", que la propia Administración socialista suprimió en su día, el anteproyecto parece consagrarlo, puesto que prevé la permanencia en dicha categoría "de modo definitivo".
El anteproyecto refuerza la obligatoriedad de garantizar el acceso de alumnos con dificultades especiales (programas de integración) y pertenecientes a minorías étnicas y grupos sociales desfavorecidos en "todos los centros sostenidos con fondos públicos", es decir, los de titularidad estatal y los privados concertados.
Cada vez que se hacen públicos estudios sobre niveles de éxito y fracaso escolar, todos los analistas coinciden en destacar que los centros estatales asumen la obligatoriedad de admitir a todo tipo de alumnos, mientras que los privados, aunque estén financiados por el Estado, disponen de un elevado grado de discrecionalidad en este aspecto.
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