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Bancos y cajas de ahorro indagan sobre la salud de los solicitantes de créditos hipotecarios

"¿Tiene alguna alteración física o funcional? ¿Le ha sido realizada alguna transfusión de sangre antes de 1987? ¿Le han hecho o recomendado facultativamente un test del sida? ¿Cuándo? ¿Con qué resultado?". Preguntas como éstas formulan algunos de los más importantes bancos y cajas de ahorro a los solicitantes de créditos hipotecarios. Forman parte de la declaración sobre su estado de salud, que los clientes tienen que firmar si quieren un préstamo para comprar una casa.

Aunque la vivienda es la garantía de cualquier crédito hipotecario, que nunca puede superar el 80% del valor de tasación de la misma, y aunque la ley sólo obliga a suscribir un seguro de incendio, numerosos bancos y cajas condicionan la concesión del préstamo a la suscripción del denominado seguro de amortización de créditos. Se trata de un seguro de vida cuyo beneficiario es la propia entidad financiera, que se asegura el cobro del préstamo en caso de fallecimiento del cliente, ahorrándose las molestias que entraña ejecutar la hipoteca y quedarse con la casa.En todos los casos comprobados por este diario, la compañía aseguradora es del propio banco, que realiza así un doble negocio al conceder el préstamo. En la escritura del crédito no figura como condición la suscripción del seguro, ya que la ley no lo prevé, pero los empleados de las entidades, cuando el cliente pregunta y no da por supuesto que se trata de un requisito legal, explican que es condición indispensable para la concesión del préstamo, junto a otros requisitos; entre los cuales la domiciliación de la nómina es el más habitual.

Para Diego López Garrido, catedrático de Derecho Constitucional y diputado de Izquierda Unida, y para José Antonio Martín Pallín, magistrado del Tribunal Supremo, esta práctica generalizada en la banca española es ilegal. Jaime García Añoveros, ex ministro de Hacienda, la considera "abusiva". Francisco Tomás y Valiente, ex presidente del Tribunal Constitucional, cree "arriesgado" pronunciarse s

obre su legalidad, pero agrega que las preguntas formuladas por los bancos "rozan los límites del derecho a la intimidad", por lo que "los tribunales deben pronunciarse al respecto y, sin duda, lo harán".

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Martín Pallín opina que las preguntas sobre la salud vulneran la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), cuyo artículo 4 dice: "Sólo se podrán recoger datos de carácter personal para su tratamiento automatizado [ ... ] cuando tales datos sean adecuados, pertinentes y no excesivos en relación con el ámbito y las finalidades legítimas para las que se hayan obtenido". El artículo 7 de la misma ley, en vigor desde el 31 de enero de 1993, califica los datos relativos a la salud de "especialmente protegidos".

En opinión del magistrado, los datos que piden los bancos son "excesivos y absolutamente superfluos, ya que van más allá

de las condiciones exigibles en un crédito hipotecario, que no son otras que las de la vivienda. Si se tratase de un préstamo personal o de un seguro de vida puro, es taría justificado que el banco se interesase por la salud del clien te, pero en los créditos hipotecarios hay una garantía real, que es el propio inmueble, por eso la ley sólo prevé su conservación a través, del seguro de incendio. No se justifica que el banco irrumpa en la intimidad sólo para evitarse tener que acudir a la garantía que legalmente le corresponde, que es la vivienda".García Añoveros no cree que esta práctica sea ilegal, pero sostiene que "se debe reconsiderar", pues resulta ""un poco abusivo" que el banco exija "doble garantía". En su opinión, "el seguro de vida puede ser opcional, no obligatorio". De lo contrario, hay un "exceso de garantía" y un ""predominio abusivo de la entidad".

Según López Garrido, la exigencia de las entidades financieras vulnera la Ley General para la Defensa de los Consumidores, de 1984, cuyo artículo 10.c.12. prohibe "la obligada adquisición de bienes o mercancías complementarias o accesorios no solicitados". Es lo que hacen los bancos, explica, al forzar a suscribir un seguro a quienes sólo demandan un crédito hipotecario.

Esta práctica vulnera también, a su juicio, la LORTAD, no sólo porque los datos sean excesivos, sino porque el consentimiento expreso que exige el artículo 7.3. para recabar datos sobre la salud no es libre. "Si protejo mi derecho constitucional a la intimidad, me sancionan no dándome el préstamo", explica.

Igualmente viola, asegura López Garrido, el artículo 5 de la LORTAD, que obliga a quienes recaban datos personales a informar previamente "de modo expreso, preciso e inequívoco"' sobre el c

arácter obligatorio o facultativo de las respuestas, las consecuencias de la negativa a contestar o la posibilidad de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, entre otros extremos. En ningún formulario conocido por EL PAÍS figura dicha información.Pese a todo ello, un portavoz del Instituto Nacional de Consumo dijo que esta práctica no es abusiva, salvo que se obligue a suscribir el seguro con una compañía concreta. En realidad, los bancos no suelen explicar que se pueda hacer con otra.

La respuesta de la sección de

consultas y reclamaciones de la Dirección General de Seguros fue: "A nadie se obliga a pedir un crédito. Los bancos pueden poner las condiciones que quieran. Ya se sabe que a los seropositivos no les dan préstamos

"Declara que no se ha hecho el test del sida"

Los cuestionarios sobre salud son de dos tipos: declarativos e interrogativos. En los primeros, como el de Caja Postal (del grupo público Argentaria), el solicitante firma una declaración en la que se dice "`que no precisa ni ha precisado tratamiento médico psiquiátrico"" o "que no ha sido sometido a pruebas especiales tales como [ ... ] test del sida". El impreso tiene un apartado para especificar enfermedades, si no pueden suscribirse todas las afirmaciones. La tendencia natural de quien aspira a un préstamo es firmar tal cual, sin reparar quizá en que "ocultaciones sobre su estado de salud e inexactitudes en las respuestas originarán la pérdida de todos los derechos".Los formularios de la Caja de Ahorros de Madrid y el Banco Santander se interesan, entre otras cuestiones, por si le han hecho o recomendado el test del sida y su resultado. También pregunta, el primero, si se ha recibido alguna transfusión antes de 1987, cuando se hicieron obligatorios los controles de sida en las donaciones de sangre. La entidad puede exigir un reconocimiento médico; que, en buena lógica, podría incluir el test del sida para receptores de transfusiones. "La aceptación del riesgo de concesión del crédito] dependerá de que el resultado [del reconocimiento] sea favorable a juicio de la entidad aseguradora".

El cuestionario del Central Hispano no habla del sida, pero en cambio tiene un apartado para mujeres, a las que pregunta: "¿Está en estado de gestación? ¿De cuántos meses? ¿Ha dado más veces a luz? ¿Han sido normales los partos? ¿Ha padecido o padece enfermedades propias de su sexo?"

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