Comisión sin reserva
SI EXISTEN indicios de uso indebido e incluso de malversación delictiva de fondos públicos, no hay reserva que valga para investigar lo sucedido y exigir las responsabilidades que procedan. Atentaría contra la esencia misma del Estado de derecho que sus instituciones -el Parlamento y el Gobierno a la cabeza- avalaran una interpretación de las normas contraria a este elemental principio de terapia política en una democracia.En ese sentido, los primeros pasos dados por la comisión Roldán, constituida para investigar la gestión económica del anterior director de la Guardia Civil, son los adecuados e imprescindibles. Su decisión de solicitar del Gobierno información sobre el uso de los fondos reservados responde a la enorme inquietud social creada al respecto y a la finalidad básica de la investigación. Los ciudadanos y los contribuyentes tienen derecho a saber si el que ha sido director general de la Guardia Civil en el periodo 1986-1993 engrosó o no su patrimonio particular con partidas procedentes de fondos reservados así como con recursos derivados de adjudicaciones irregulares de contratas públicas. El Gobierno tiene el deber de aportar a la comisión parlamentaria toda la información que se le pide.
Huelga decir que tal investigación no constituye ningún proceso a la Guardia Civil. Ponerlo en duda constituye una ofensa al Parlamento. El objeto de la investigación se circunscribe a una gestión concreta y a un periodo de tiempo determinado. Recelos al respecto sólo se explican con el intento de obstruir la investigación y cuestionar la legitimidad del Parlamento para llevarla a cabo.
Está fuera de duda esa legitimidad parlamentaria para controlar e investigar cualquier aspecto de la gestión presupuestaria del Gobierno. Tampoco existe impedimento legal alguno para que el Parlamento indague en aquellas parcelas de gestión pública que él mismo ha decidido que sean reservadas. El éxito de la comisión Roldán depende de la voluntad política de los comisionados para vencer resistencias y de su capacidad para remover obstáculos legales de aparente consistencia. Como sensatamente ha dicho el presidente del Tribunal Constitucional, Miguel Rodríguez-Piñero, no puede haber obstáculos jurídicos para aclarar cosas que deban ser aclaradas. Y el control parlamentario -ha añadido- supone "un marco suficiente para que, sin excesos y sin desconocer que son materias que deben ser reservadas, se pueda averiguar su uso indebido".
Es éste un punto de vista mucho más acorde con las exigencias de transparencia de la gestión pública que el expresado por el fiscal general del Estado, Eligio Hernández. Éste parece ampararse en supuestas dificultades legales y jurisprudenciales para no hacer nada en un asunto que pudiera además constituir un delito de malversación de caudales públicos. La no abundante producción judicial sobre los fondos reservados -elaborada a partir del caso Amedo, principalmente- encuentra justificado "inquirir datos respecto a cuantificación, diversificación funcional y otras circunstancias significativas de las percepciones de dichos fondos", siempre de forma que no se afecte a "los medios y procedimientos operativos específicos de los servicios de información".
El marco legal, pues, está ahí. Es lo suficientemente flexible como para poder establecer si los fondos reservados son o no correctamente utilizados. El Gobierno se saltó a la torera dicho marco en el caso Amedo. Esto no puede repetirse. Es comprensible la sospecha de que la posible destrucción de los documentos que deben avalar el destino genérico de dichos fondos haga ahora materialmente imposible la tarea que tiene entre manos la comisión Roldán. En tal caso, no se trataría de fondos reservados sino incontrolados, dejados al arbitrio de los afortunados que tienen acceso a ellos. La exigencia de control del presidente González a los cuatro ministerios que cuentan con fondos reservados debe tener efectos prácticos que eviten en el futuro prácticas como las que debe investigar ahora la comisión Roldán. También deberán estudiarse los métodos de control parlamentario que emplean otros países sin que ello rompa el secreto. Pero esto no exime a la comisión de establecer las responsabilidades contraidas en el pasado ni a la justicia de perseguirlas.
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