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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

Goma de mascar

EL DOCUMENTO base -aún no definitivo- de Jordi Pujol para el giro autonómico contiene dos elementos altamente preocupantes: la coloración confederal con que culmina su diseño de Administración única y el desequilibrio con que aborda la cuestión lingüística, basado en una lectura sesgada de la cooficialidad de los idiomas catalán y castellano. El resto parece insertarse sin mayores problemas en la lógica de una razonable profundización del Estado de las autonomías.La casi total absorción del poder ejecutivo por el Gobierno autónomo viene a equiparar el diseño pujolista al de la Administración única que propugnó Manuel Fraga. Tiene un elemento positivo: debería suponer, al menos teóricamente, una drástica simplificación de la maraña administrativa, evitando duplicidades. Pero contiene elementos peligrosos por totalizantes: la Constitución dibuja claramente un equilibrio entre los tres niveles de Administración (central, autonómica, local). La desaparición, por absorción, de cualquiera de ellos tendría repercusiones políticas inconvenientes. Resulta satisfactorio que Pujol exija el reconocimiento de la Generalitat como bastión del Estado común (y no de otro diferente). Pero no al precio de monopolizarlo, de anular políticamente otros instrumentos básicos de ese mismo Estado.

El documento de Pujol y su jefe de gabinete jurídico, Ramón Llevadot, pasa por alto nociones constitucionales básicas. A saber, que el Gobierno de la nación y su presidente constituyen órganos generales del Estado, según la terminología del Tribunal Constitucional. A saber, órganos políticos que tienen competencias en todo el territorio del Estado, como se deriva del artículo 97 de la Carta Magna. Sin reformar la Constitución es imposible esa pretensión de anular en la práctica la presencia del Gobierno español en todo su ámbito territorial/competencial. Y mientras haya una moneda única, una política exterior común, un Ejército común y unas fronteras comunes, el titular del Gobierno central, sea del partido que fuere, tendrá competencias en Cataluña, al entenderse el territorio como ámbito competencial de la aplicación de las leyes comunes.

La idea confederal no se basa en la unión de personas-ciudadanos, sino en la concordancia de organismos por la cúpula, evitando la relación directa de los organismos ajenos con los ciudadanos propios. Por eso, la aspiración de Pujol y sus consejeros de obtener una línea de relación directa y "sin intermediarios" con la Corona (retorciendo la formulación estatutaria según la cual el presidente de la Generalitat es el representante ordinario del Estado en Cataluña) se antoja externa al marco constitucional. Primero, porque el Gobierno central es también Gobierno de los catalanes, y éstos, como los madrileños o los riojanos, tienen derecho a increparle o aplaudirle sin intermediarios. Segundo, porque la figura del Rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad (artículo 56 de la Constitución), de manera que sus actos, para ser válidos, deben ser refrendados "por el presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes", (artículo 64).

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Estos mecanismos pueden discutirse. Pero para cambiarlos se requiere cambiar la Constitución. El texto inicial de Pujol no constituye, a estos efectos, una relectura de la Carta Magna, sino una interpretación sesgada de la misma. La Constitución de 1978 es flexible. Pero no es goma de mascar: no avala cualquier sueño confederal.

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