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Editorial:
Editorial
Es responsabilidad del director, y expresa la opinión del diario sobre asuntos de actualidad nacional o internacional

El úItimo juicio de Tous

LO DE a la tercera va la vencida no parece regir en el ámbito de la justicia. El tercer juicio sobre la catástrofe de la presa de Tous, con el que se pretendía cerrar de una vez un asunto que desafía al tiempo y que es paradigma de lo que en ningún caso debe ser la justicia, no ha sido tampoco el definitivo. Su suspensión, decidida en el instante de iniciarse ayer su celebración en la Audiencia de Valencia, ha estado, seguramente, justificada: uno de los miembros del tribunal podría haber actuado directa o indirectamente en alguna de las diligencias de la instrucción del sumarlo.No se podía correr el riesgo de que el Tribunal Supremo decretara por segunda vez la nulidad radical del juicio, y se ha hecho bien en suspenderlo en el momento de iniciarse. Pero mejor habría sido subsanar toda posible irregularidad antes del juicio para no dar ocasión a que alguna de las partes hiciera la correspondiente alegación a su inicio, provocando su suspensión cautelar, como ha sucedido.

Después de este episodio se hace todavía más incomprensible que las causas y responsabilidades de una tragedia de la que se van cumplir el próximo día 20 de octubre 11 años sigan todavía sin esclarecer. A este paso, el caso de la presa de Tous va camino de dilucidarse en el juicio final.

Ni las dificultades de la investigación ni las cuestiones procesales alegadas para aplazar una y otra vez el pronunciamiento judicial justifican una tardanza tan desmesurada. Sin duda, ésta es imputable a fallos, a decisiones procesalmente arriesgadas o a imprevisiones del propio aparato judicial. La suspensión del primero de los juicios, en 1987, se habría evitado si desde un principio se hubieran sentado en el banquillo de los acusados todos los presuntos responsables de la catástrofe.

Pero todavía es más deplorable la imprevisión que motivó la nulidad del posterior juicio de 1989: no haber tenido en cuenta el tribunal juzgador la doctrina constitucional del juez imparcial y haber permitido q ue formara parte del mismo un magistrado que participó en la instrucción. Con ello se puso en bandeja de plata al Tribunal Supremo una causa de nulidad difícilmente recusable, obligando a reiniciar una vez más un proceso caracterizado por un continuo tejer y destejer en el que procesados y perjudicados han aumentado o disminuido al paso de los años.

Pero lo sucedido en el caso de la presa de Tous también remite a una carencia estructural de la justicia española: su falta de capacitación, en medios y en mentalidad, para hacer frente en un tiempo razonable a los procesos masivos -legalmente intrincados tanto en la determinación de responsabilidades como en la valoración de efectos- derivados de la propia complejidad de una sociedad desarrollada. Una cuestión que bien merecería ser incluida en el pacto de Estado sobre la justicia al que se ha referido recientemente el ministro Belloch en su última comparecencia en el Congreso de los Diputados.

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