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LA RESOLUCIÓN 808

Asesinatos en masa y limpieza étnica

Antonio Caño

La resolución 808 aprobada ayer por unanimidad por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas permite la creación, por primera vez desde el final de la Segunda Guerra Mundial, de un tribunal internacional para juzgar los crímenes de guerra en el territorio de la antigua Yugoslavia. La ideal del tribunal internacional fue sugerida inicialmente por Francia, y a ella se sumaron posteriormente los demás miembros del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.España, miembro temporal del Consejo de Seguridad, votó a favor de la resolución, pero manifestó que hubiera preferido que se creara un tribunal penal con jurisdicción universal. Los apartados principales de esta histórica resolución son los siguientes:

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- Recordando la resolución 771 se pide a todas las partes y otras implicadas en la antigua Yugoslavia, y a todas las fuerzas militares de Bosnia-Herzegovina, que cesen inmediatamente las violaciones de las leyes humanitarias internacionales.

- Habiendo considerado el informe de la comisión de expertos que observan que la decisión de establecer un tribunal internacional ad hoc en relación con los sucesos de la antigua Yugoslavia es consecuente con la dirección de su trabajo.

- Expresando una vez más su grave alarma por informes de asesinatos en masa y continuación de la práctica de la limpieza étnica.

- Determinado a poner límite a estos crímenes y a tomar medidas eficaces para llevar ante la justicia a los responsables de ellos.

- Convencido de que, en las circunstancias particulares de la antigua Yugoslavia, el establecimiento de un tribunal internacional contribuiría a la restauración y el mantenimiento de la paz.

- Decide que un tribunal internacional sea establecido para el procesamiento de las personas responsables de las serias violaciones de las leyes internacionales humanitarias cometidas en el territorio de la antigua Yugoslavia desde 1991.

- Requiere al secretario general para que presente a consideración del Consejo de Seguridad lo antes posible, y si es posible no después de 60 días tras la adopción de esta resolución, un informe sobre todos los aspectos de este asunto, incluyendo propuestas específicas y opciones apropiadas para la efectividad y la rápida aplicación de esta decisión

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