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Las suspensiones de pagos y las quiebras empresariales se tramitaran en juzgados especializados

El Ministerio de Justicia ha enviado al Consejo General del Poder Judicial un anteproyecto de ley orgánica por el que se crearán Juzgados especializados en problemas económicos sin implicaciones penales, y entre los que destacan las suspensiones de pagos y las quiebras.El principal objetivo del proyecto, según el ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, es "la especialización" de los juzgados, pues en la actualidad cualquier juzgado de cualquier pueblo puede ocuparse de estos temas, y "losjueces", dijo, "pueden no ser grandes especialistas en todas las materias".

Esta especialización tendrá, según el anteproyecto, tres escalones. El primero es que cualquier asunto mercantil -no sólo quiebras y suspensiones, sino también impugnaciones o disoluciones de sociedades, o procesos por competencia desleal, marcas o patentes- se tramitará en el juzgado de primera instancia de cada provincia. Cuando el problema sea de cierta entidad, como la suspensión de pagos de una entidad de crédito, el juzgado competente no será el de la capital de provincia sino uno de los siete juzgados centrales de primera instancia que funcionarán en Madrid, Barcelona, Bilbao, Valencia y Sevilla.

El tercer escalón será la nueva Sala de lo Civil que se creará en la Audiencia Nacional, en Madrid. Instruirá los procesos mercantiles de las entidades de crédito y aseguradoras que operen en más de dos provincias, así como de las sociedades que cotizan en más de una Bolsa o tienen más de 1.000 millones de capital.

La especialización exige, según De la Quadra-Salcedo, que se "acredite la especialización en temas mercantiles de los jueces" y que éstos cuenten con la colaboración de un personal fijo capacitado. "Para, por ejemplo, interpretar un balance". Con este objetivo se creará "un cuerpo de facultativos forenses, que integrará a médicos, economistas y auditores". Estos profesionales deberán "asesorar al juez y hacer trabajos de peritaje".

Los interventores

El anteproyecto de ley modifica además la norma que regula las suspensiones de pagos para garantizar que los interventores no sean parte en el proceso. Dos de cada tres interventores serán nombrados a partir de una lista que facilite el Instituto de Auditores. Los acreedores nombrarán al tercero, pero no podrá haber sido administrador de la sociedad ni poseer más del 5% del capital de la empresa. También se modifica el sistema de retribución de estos administradores para evitar algunos abusos que pueden producirse en la actualidad.El Gobierno remitirá este anteproyecto al Parlamento tras el dictamen del Consejo General del Poder Judicial, y espera que pueda aprobarse en esta misma legislatura, a pesar de que, al ser una ley orgánica, requiere un amplio respaldo Por parte de los grupos parlamentarios.

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