España acuerda con la OTAN ampliar su defensa fuera de sus fronteras
Con la inminente firma de los dos últimos acuerdos de coordinación, el referido al control del Estrecho de Gibraltar (Charly, en la terminología aliada), y el que trata sobre la utilización del territorio español como zona del tránsito, apoyo y retaguardia (Foxtrot), quedará completado el marco de la contribución militar española a la OTAN. La principal novedad de estos acuerdos, que deberán plasmarse en futuros planes operativos, radica en que abren la puerta a la participación de tropas españolas en misiones de la OTAN más allá de sus fronteras.
Aunque la denominación de los seis acuerdos de coordinación (defensa del territorio español, defensa del espacio aéreo, control del estrecho de Gibraltar, operaciones aeronavales en el Atlántico Oriental, operaciones aeronavales en el Mediterráneo Occidental y utilización de España como zona de retaguardia) haría pensar que la participación de las Fuerzas Armadas españolas va a limitarse a su territorio y zonas adyacentes, ello no responde a la realidad.En caso de crisis o conflicto, las unidades españolas operarán preferentemente en su área de interés estratégico, pero no de forma exclusiva. Los acuerdos de coordinación incluyen dos principios, uno político y otro militar, que permiten su intervención fuera de dicha zona.
El principio político es el de reciprocidad, incluido en el acuerdo Alfa, sobre defensa del territorio español. Dicho acuerdo prevé que tropas de otros países de la Alianza Atlántica acudan en auxilio de España para colaborar en su defensa en caso de agresión.
Para ello, dispone la creación de un comisión mixta de planeamiento, entre los mandos de España y la OTAN, que elaborará los correspondientes planes operativos. Este principio también opera, sin embargo, a la inversa: tropas españolas deberán acudir en apoyo de cualquier aliado que sufra una agresión.
El principio militar es el de defensa preventiva o en vanguardia, que las Fuerzas Armadas españolas han incorporado a su estrategia. Dicho principio sugiere que la defensa de España no debe hacerse desde sus fronteras, como una fortaleza, sino más allá de ellas, para evitar en lo posible que la amenaza se acabe materializando en el propio territorio. Se trata de una defensa en profundidad, no en el sentido de ceder terreno, sino de ganarlo. Y ganar también tiempo para organízar la defensa territorial.
La aplicación de estos principios, implícitos en los acuerdos de coordinación, permitirán al Ministerio de Defensa asignar unidades a las Fuerzas de Reacción Rápida y a las Fuerzas de Maniobra, con las que la OTAN pretende hacer frente a las nuevas amenazas, menos peligrosas, pero más imprevisibles, que la antigua del Pacto de Varsovia.
Operaciones combinadas
Los acuerdos regulan la forma en que unidades españolas contribuirán a la defensa común en tiempo de paz, crisis o guerra. Fijan misiones, zonas de actuación, normas de mando y control, participación en ejercicios y organismos de enlace.Las operaciones militares podrán ser independientes, coordinadas o combinadas. Las operaciones coordinadas precisarán el nombramiento de una autoridad de coordinación. En las combinadas se cederá el control operativo del conjunto de la fuerza al mando español o al de la OTAN, en función de la misión concreta, la zona en que se desarrolle y la importancia de la aportación de cada parte.
A la Armada se le encomiendan misiones de presencia disuasoria, vigilancia marítima, control y protección del tráfico y guerra naval, especialmente antisubmarina. A la Fuerza Aérea se le encargan misiones de control y defensa aérea, incluida la interceptación de aviones enemigos, vigilancia y guerra electrónica, transporte de tropas, patrulla marítima y apoyo táctico a operaciones navales y terrestres.
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