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Entrevista:

"Penalizar la manipulación genética coarta a investigación

Francisco Muñoz Conde, de 47 años, tres hijos, catedrático de Derecho Penal y organizador del primer debate público sobre el anteproyecto de Código Penal -que acaba de celebrarse en Sevilla-, se proclama decidido partidario de una ley de plazos para el aborto y contrario a "hacer pasar por loca a la mujer para que pueda abortar". Muñoz Conde considera "de ciencia-ficción penalizar la manipulación genética, que coartaría la investigación y dice que "la crítica al poder público es esencial en una democracia".

Discípulo del penalista alemán Claus Roxin, a quien ha traducido, y autor de una extensa obra jurídica, Muñoz Conde participó en la elaboración de la propuesta de Código Penal de 1983 y habla con nostalgia de la pérdida de "aquel espíritu liberal", que el anteproyecto actual ha convertido en "represivo e intimidatorio". Con un pie en el avión que le llevará a Japón para dar un curso de doctorado en la Universidad de Tsukuba, todavía tiene tiempo para dedicarse a su diversión favorita -el saxofón- y para hablar sin pelos en la lengua sobre lo "aberrante" del nuevo delito de difamación, "que reproduce amenazas para la libertad de expresión, pieza básica del funcionamiento democrático".

Pregunta. Para ampliar la despenalización del aborto, ¿es suficiente, como pretende el Gobierno, ensanchar la indicación del riesgo para la salud psíquica de la madre?

Respuesta. Es una vergüenza mantener básicamente la regulación vigente, una de las más tímidas de Europa. Ampliar la indicación de la salud psíquica exige a la mujer demostrar que está loca, lo cual la estigmatiza aún más. La solución correcta, como en Italia o Francia, es la ley de plazos, que no plantea problemas constitucionales y ofrece menos riesgos para la mujer.Eutanasia y muerte digna

P. El anteproyecto despenaliza la eutanasia pasiva. ¿Basta con eso?

R. La eutanasia es un problema grave, que nos afecta a todos, pobres y ricos, y hay que tratarlo con delicadeza. Pero la eutanasia pasiva no es punible en ningún país. Decepciona que, respecto a la activa, el anteproyecto se limite a rebajar la pena y no la despenalice, ni siquiera cuando el sujeto pide su propia muerte y padece una enfermedad dolorosa e irreversible. El problema es delicado, pero no es progresista ni moderno que el Código Penal se quede en permitir que, en atención a circunstancias especiales, se rebaje la pena, porque eso equivale a dejar como está el grave problema del derecho a una muerte digna.

P. ¿El nuevo delito de manipulación genética mantiene el equilibrio necesario entre la ética y las necesidades de la ciencia?

R. Es de ciencia-ficción creer que el derecho penal puede incidir en esta materia. Y en caso de hacerlo, tendrá un efecto negativo, como en Alemania, donde el profesor Albin Eser considera que coarta la investigación genética. No merece que se penalice como delito una conducta que, según la vigente ley, ya se sanciona administrativamente.

P. Otra novedad es el delito de lesiones al feto.

R. Ese delito me parece más interesante, porque previene casos como el de la talidomida, al castigar con entre uno y cuatro años de cárcel a quien, mediante medicinas o por otro medio, produzca malformaciones o alguna tara física o psíquica en el feto.

P. Los ecologistas se quejan de que es poco lo avanzado en la penalización de los delitos contra él medio ambiente.

R. Ya es un avance poder sancionar a los funcionarios que autorizan las industrias contaminantes. El ecológico es el delito del futuro, pero por delante de la sanción penal debe ir la protección administrativa del medio ambiente. Lo más importante del anteproyecto sobre este delito es la rebaja de pena para el delincuente arrepentido.

P. ¿Tiene justificación jurídica el delito de difamación?

R. Más que el tipo delictivo en sí, me preocupa la confusa redacción que tiene la cláusula de exención de la responsabilidad cuando los hechos se refieren a personajes públicos, y sobre todo me preocupa que éste y otros delitos de opinión puedan cometerse contra instituciones políticas y el propio jefe del Estado, ya que se compadece mal con la importancia que tiene la crítica al poder público para el control democrático del poder.

P. El anteproyecto prevé hasta ocho años de cárcel si el difamado es la corona; hasta seis años si es el Gobierno, el Consejo General del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo u otros órganos del Estado, y hasta tres años de cárcel si lo son los ejércitos.

R. Todo eso es una aberración. Además, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional marca una línea de práctica despenalización de todo lo que pueda ser una actitud más o menos injuriosa, pero crítica de los poderes públicos.

P. ¿Cuáles son los límites de esa crítica?

R. Por mucho que pueda dolerle a los políticos, es obvio que en una verdadera democracia la crítica de la gestión pública que resulte indigesta, molesta, ácida o despectiva es absolutamente básica para el funcionamiento democrático. Durante el franquismo, la ley Fraga trajo cierta libertad de expresión, pero con el "debido respeto a las instituciones", espada de Damocles colocada sobre los medios de comunicación social de la época. Sería realmente paradójico que, en democracia, los nuevos tipos delictivos reprodujeran igual amenaza para la libertad de expresión.

P. ¿El delito informático está bien regulado?

R. En la protección de la privacidad se ha dado un enorme avance respecto al Código Penal vigente, en el que sólo se penaliza la escucha telefónica o el descubrimiento de secretos documentales. De todos modos, el avance de la informática exige a cualquier Código Penal, y más al del siglo XXI, llenar todas las lagunas posibles para proteger la intimidad frente a los abusos informáticos.

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