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El ministro de Justicia advierte que la libertad de conciencia puede servir para absolver terroristas

El ministro de Justicia, Tomás de la Quadra-Salcedo, rompió ayer su costumbre de no opinar sobre resoluciones judiciales y arremetió contra la decisión del juez José Luis Calvo, que absolvió el pasado viernes a un insumiso por entender que la conciencia está sobre la ley y el Estado. De la Quadra-Salcedo estimó la sentencia "peligrosa para el Estado de derecho", por atentar contra la soberanía parlamentaria, y advirtió del riesgo de que tal criterio se aplique a los "asesinatos terroristas de niños". Un juez de Barcelona archivó ayer una querella contra un insumiso por no apreciar delito.

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De la Quadra-Salcedo expresó su preocupación por la sentencia a su llegada al Consejo General del Poder Judicial para presentar el anteproyecto de Código Penal. "Si fuera aceptado que la conciencia está por encima de la ley, podríamos encontrarnos", dijo, "con asesinatos terroristas de niños, por los que también sus autores pudieran ser absueltos". Agregó que, en tal caso "la conciencia de los terroristas, sus pretensiones o sus luchas reivindicativas podrían quedar por encima de la ley".El ministro de Justicia manifestó que es el legislador el que tiene que valorar esas circunstancias excepcionales cuando hace la ley. "Cualquier otra persona que haga una valoración supondría que pasamos de un Estado de derecho a un Estado judicial". El catedrático de Derecho Penal y director general del servicio jurídico del Estado, Gonzalo Quintero, declaró que el criterio del juez Calvo es excesivo y podría hacer proliferar la objeción fiscal. [Anoche, en declaraciones a la cadena SER, De la Quadra-Salcedo se preguntó, entre otras cosas: "¿Qué ocurre si una persona ( ... ) decide circular por la izquierda, porque le parece que su conciencia le obliga?"]

Conflictos de conciencia

En cambio, Francisco Muñoz Conde, catedrático de Derecho Penal con obra publicada sobre esta materia, se manifestó de acuerdo con la decisión "muy valiente" del juez, técnicamente correcta, ya que, según declaró a EL PAÍS, "en estos conflictos de conciencia, hay que darle preeminencia a la convicción honesta, no cuando se trata de un atentado contra la vida, como los que comete ETA, pero sí cuando se contrapone a un bien jurídico tan discutible como es el servicio militarAdemás de la eximente de estado de necesidad aplicada por el juez, Muñoz Conde estima aplicable el artículo 6 bis a del vigente Código Penal, según el cual "la creencia errónea e invencible de estar obrando lícitamente excluye la responsabilidad criminal".

Muñoz Conde estima más polémica la solución adoptada por otros jueces, que han archivado querellas contra insumisos al considerar que no cometen delito, por falta de bien jurídico protegido. Así lo decidió ayer el juez de instrucción de Barcelona José Joaquín Pérez Beneyto, quien archivó la querella del fiscal contra un objetor que se negó a incorporarse a la prestación social sustitutoria, por considerar que tal negativa no vulnera el deber de defensa civil de España.

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"Burrada"[El objetor absuelto, Iñaki Arredondo, calificó anoche en Madrid de "burrada tal que no merece comentarios" las declaraciones del ministro, informa Efe. "Lo único peligroso", añadió, "es tener un ministro de Justicia que diga esas barbaridades"].

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