Las comunidades ganan autonomía y deciden ya el 43% de sus gastos, frente al 28% en 1983
Las 15 comunidades autónomas de régimen común -todas menos las forales de Navarra y el País Vasco- son cada vez más autónomas a la hora de decidir en qué se gastan el dinero que ingresan. La situación ha dado un giro importante desde los presupuestos de hace unos años, muy dependientes de los ingresos para fines concretos fijados por la Administración central. En 1990, las comunidades comunes decidieron el destino del 43% de los 4,3 billones que gastaron, frente al 36,4% en 1986 y al 28% en 1983, según datos del Ministerio de Economía y Hacienda.
Según Hacienda, si se excluyen los ingresos para atender el servicio sanitario -que son totalmente condicionados-, los fondos de libre disposición de las autonomías han pasado de representar el 73,5% del total de su presupusto en 1986 al 82,5% en 1990.El tema de la autonomía financiera es, junto a la corresponsabilidad fiscal, la solidaridad entre comunidades y la nivelación de los recursos por habitante, uno de los cuatro grandes ejes sobre los que giran las negociaciones en curso entre Hacienda y las autonomías no forales para revisar el sistema de financiación, que prescribe el próximo 31 de diciembre después de cinco años de vigencia.
Las comunidades obtienen la mayor parte de sus recursos de libre disposición por dos vías fundamentales: a través de la recaudación de tributos cedidos, tasas y tributos propios, y por la participación en los ingresos del Estado. Estas partidas son totalmente incondicionadas y sumaron 2,19 billones de pesetas en 1990 (43% del presupuesto) sobre unos ingresos totales de 4,33 billones.
Dentro del porcentaje del 43% de ingresos de libre disposición no están incluidos los fondos obtenidos por el recurso al endeudamiento. Las comunidades deben destinar estos fondos obligatoriamente a inversión, y no pueden destinar a financiar la deuda más del 25% de sus ingresos corrientes, según los topes fijados por la Ley Orgánica de Financiación.
La aceleración de la autonomía de gasto de las comunidades se inició en 1986. Ese año Hacienda empezó a ceder a algunas comunidades cinco tributos: patrimonio, sucesiones, tansmisiones patrimoniales, tasa de juego y actos jurídicos documentados. Esta cesión ha aumentado año tras año los ingresos de libre disposición de las comunidades, según se desprende del estudio Desarrollo del proceso autonómico en el periodo 1986-1989, editado por Economía y Hacienda.
Crecimientos distintos
En 1990 la recaudación por tributos cedidos y propios fue de 892.141 millones, cantidad cercana a los 965.296 millones que recibieron las autonomías comunes en concepto de participación en los ingresos del Estado. Los recursos obtenidos por la capacidad fiscal cedida y propia supusieron el 35% de la financiación total en 1990, frente al 26% en 1986, según consta en un documento de trabajo del Consejo de Política Fiscal, que preside el ministro de Economía, Carlos Solchaga.El crecimiento ha sido distinto en las comunidades con mayor techo competencial, regidas por el artículo 151 de la Constitución, frente a las llamadas de vía lenta, reguladas por el 143. Según Hacienda, las comunidades de mayores competencias y que gestionan sanidad y educación (es decir, Cataluña, Galicia, Valencia, Andalucía y Canarias) han aumentado sus recursos totales un 85% entre 1986 y 1990, mientras que el resto lo han hecho un 58,4% en el mismo periodo.
La diferencia se debe, en parte, a que no todas las comunidades tienen traspasados los mismos impuestos. La Comunidad de Madrid tiene pendiente de cesión el impuesto de patrimonio y transmisiones patrimoniales y juego. Baleares y Cantabria no tienen cedida la tasa sobre juego.
Sin embargo, las autonomías recaudan los impuestos cedidos, pero no tienen capacidad para modificarlos. "Cobramos, pero no tenemos capacidad normativa sobre los impuestos", afirma el director general de Presupuestos de la Generalitat, Alfons Ortuño.
Para mejorar la autonomía financiera, Solchaga ha propuesto a las comunidades que creen recargos sobre tributos estatales. Hasta el momento, ninguna comunidad ha ejercido esta opción. Una iniciativa del presidente de Madrid, Joaquín Legina, para crear un recargo sobre el IRPF abrió en 1987 la duda sobre su posible legalidad y fue parada por el propio presidente del Gobierno, Felipe González, aunque el Tribunal Constitucional reconoció la legalidad de la medida.
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