El ‘asesino de ancianas’ de Santander, condenado a 440 años de prisión
José Antonio Rodríguez Vega fue acusado de matar, entre 1987 y 1988, a 16 ancianas residentes en Santander y en un pueblo próximo que vivían solas y cuya confianza logró granjearse
José Antonio Rodríguez Vega, de 34 años, el asesino de ancianas, de Santander, ha sido condenado por la Audiencia Provincial a 26 años por cada uno de los 16 asesinatos probados y otras penas menores por agresiones sexuales y abusos deshonestos. En total, 440 años de prisión, según la sentencia dada a conocer ayer. El condenado, declarado insolvente, ha sido asimismo condenado a pagar 128 millones de pesetas a los herederos de sus víctimas.
El asesino, dice la sentencia, ha posado "sin rubor alguno, sonriente y carente de vergüenza durante las sesiones de juicio ante los medios de comunicación"
La sentencia considera probados los asesinatos de 16 ancianas residentes en Santander y en un pueblo de los alrededores que vivían solas y cuya confianza había logrado granjearse José Antonio Rodríguez Vega. En algunos casos, también fueron víctimas de agresión sexual y delitos de hurto.Tras la prueba pericial llevada a cabo durante la vista, celebrada los días 26, 27 y 28 de noviembre pasado, en la que participaron durante varias horas dos psiquiatras y cuatro médicos forenses de la Audiencia Provincial, el tribunal considera a Rodríguez Vega un psicópata desalmado y frío y además inmaduro. Según los especialistas, tiene un carácter que permite calificarle de "anormal estadístico", pues socialmente se sale de la norma, "realizando comportamientos que no comparte la generalidad del grupo social".
El asesino, dice la sentencia, ha posado "sin rubor alguno, sonriente y carente de vergüenza durante las sesiones de juicio ante los medios de comunicación, aparentemente feliz y contento, soñando ser protagonista de documentos escritos o cinematográficos". Lo cual refleja su afán de notoriedad, de un protagonismo insolente.
En cuanto a sus rasgos de perversión sexual múltiple, según los magistrados, se advierten de modo primario en el hecho de que pudiendo escoger libremente "un modo normal de satisfacer sus inclinaciones sexuales, elige un modo aberrante o anormal: el grupo social estima que no es normal que un joven de 30 años y de buen ver escoja a ancianas para la satisfacción de aquellos intentos pudiéndose incluso advertir ciertos elementos sádicos en algunos de los hechos probados de los que se derivaría satisfacción sexual al infligir dolor físico a sus víctimas", a las que en algunos casos introdujo objetos duros por sus genitales.
Ninguna anomalía cerebral
La sentencia considera que, psiquiátricamente, "la relación sexual eventualmente producida entre el procesado y sus víctimas se califica de incompleta, no por referencia a la posible ausencia de eyaculación, sino porque el encuentro sexual, en su caso, no se produce por la implicación decidida, consciente y responsable de dos personas que se entregan en cuerpo y alma". Ciertos datos apuntarían a la posibilidad, según los magistrados, de que Rodríguez Vega hubiese cometido también actos de necrofilia.
Siguiendo en el análisis penal de su personalidad y examinando recientes sentencias del Tribunal Supremo, la sala considera que Rodríguez Vega sufre un trastorno neurótico de la personalidad, un embotamiento afectivo. Su inteligencia es normal-alta, pero su cerebro no presenta anomalía alguna. "Al no sumarse a esta patología del carácter alteración de estructuras, trastorno cerebral u otras deficiencias mentales, la sala le considera plenamente responsable, pues la alteración de su afectividad no ha impedido mantener incólumes su inteligencia y voluntad. Por tanto, su facultad de autodeterminación le hace culpable, sin posibilidad de apreciar circunstancia de atenuación alguna siquiera por vía de circunstancia analógica de enajenación".
La Audiencia condena a José Antonio Rodríguez Vega como autor criminalmente responsable de 16 delitos de asesinato a la pena por cada uno de ellos de 26 años, ocho meses y un día de reclusión mayor e inhabilitación absoluta durante el tiempo de condena. Por cinco delitos de abusos deshonestos, con agravante de desprecio de edad y morada, a dos años, cuatro meses y un día de prisión. Por otros cuatro delitos de abusos deshonestos, a la pena para cada uno de cinco meses de arresto mayor. En total, 440 años. La sentencia precisa que la condena queda reducida automáticamente a 30 años en aplicación del Código penal vigente.
Rodríguez Vega, que lleva tres años y ocho meses en prisión preventiva, no permanecerá más de 17 años privado de libertad, puesto que el Código Penal fija en 30 años el tiempo máximo de reclusión. Así, cuando haya cumplido 20, habrá redimido 10. El año 2008, según estas precisiones, será el de su libertad. Rodríguez Vega tendrá entonces 51 años.
Según los psiquiatras, la sociedad no tiene ninguna seguridad de que el condenado salga a la calle con una nueva personalidad y arrepentido de sus crímenes y de que no pueda cometer nuevos actos antijurídicos. "Solo la edad puede aliviar sus instintos", dijeron los psiquiatras durante el juicio, "pero no la intencionalidad".
Su perversión sexual múltiple le había mantenido antes de ahora durante largos años en la cárcel, de la que había salido en libertad condicional el 20 de febrero de 1986, solo unos meses antes de que reincidiese en sus delitos por los que ahora ha sido condenado.
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Años después, en 2002, José Antonio Rodríguez Vega fue asesinado por dos reclusos en la cárcel de Topas (Salamanca). Vega recibió 113 puñaladas.
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