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Primer juicio contra médicos de un centro público por no practicar un aborto legal

Àngels Piñol

El director de la ciudad sanitaria de Vall d'Hebró, Jaume Berguedá, y siete médicos más del centro sanitario fueron juzgados ayer en Barcelona al negarse a practicar un abortó en 1985 a Rosa Martín, quien solicitó que la operación se enmarcara en el supuesto de grave riesgo para su salud al sufrir una tromboflebitis. Martín abortó finalmente en Holanda. Esta es la primera vez en que se juzga a unos médicos por oponerse a interrumpir un embarazo supuestamente contemplado por la ley.

María José Varela, abogada de Martín, pidió que los médicos fueran condenados por un delito de coacciones y otro de omisión del deber de socorro, castigados, respectivamente, con 30 días de arresto mayor y multa de 300.000 pesetas por el primer delito, y de 60.000 pesetas por el segundo. El fiscal pidió la absolución y no formuló pregunta alguna.Rosa Martín, de 45 años, madre de cuatro hijos, solicitó en 1985 a Jaume Berguedá, entonces subdirector general del Instituto Catalán de la Salud (ICS), que le informara sobre los pasos que debía dar para que su aborto fuera practicado en el régimen de la Seguridad Social. Berguedá, que era el coordinador de los asuntos relacionados con los abortos, le concertó una visita con el doctor Emili Viver, especialista en dolencias vasculares y que entonces trabaja en el hospital de Can Ruti, en Badalona.

Viver examinó a la paciente y pidió también a la clínica Platón que la sometiera a otra exploración. Posteriormente elaboró un informe en el que no hacía constar los riesgos que podía correr Martín para tener a su quinto hijo. Sin embargo, la titular del centro de Planificación Familiar de Santa Coloma de Gramenet, Mercé Gascó, y otra facultativa firmaron un informe en sentido contrario.

Beguedá remitió toda esta documentación al hospital del Vall d'Hebró uno de los dos centros públicos que practicaba entonces abortos en Barcelona para que la comisión de reevaluación, integrada por especialistas, dictara una resolución. Los médicos, ahora acusados, se negaron a practicar el aborto por tres razones: considerar que el riesgo era relativo; que éste podía ser controlado médicamente; y que el aborto suponía un peligro para la madre. La mujer, de condición humilde, acabó abortando en Holanda.

Una madre sana

La defensa de los acusados señaló que su actitud fue correcta porque se basó en el informe del único doctor que exploró a Martín, y que las doctoras, que no son especialistas en ginecología, no la llegaron a examinar. Varela atribuyó la postura de los médicos al hecho de que Cataluña fue la comunidad autónoma de España que con más restricciones aplicaba la ley de del aborto, entonces acabada de aprobar.En parecidos términos se expresó la doctora Marcet, quien afirmó que ese aborto "se practicaría ahora sin problemas". Marcet añadió, incluso, que Cataluña se ha equiparado al resto de comunidades españolas y declaró que actualmente el ICS está subvencionando a clínicas privadas para que realicen abortos amparados en el supuesto de riesgo para la salud mental de la madre.

Javier Martínez Salmeán, jefe de ginecología del hospital Severo Ochoa de Madrid, declaró en la vista en favor de la demandante. Martínez Salmeán, que afirmó que en aquella época autorizó abortos justificados por la misma dolencia que padecía Martín, señaló que ésta corría el riesgo de desarrollar una tromboflebitis aguda, que hubiera derivado en problemas pulmonares.

La demandante declaró en el juicio que decidió abortar porque su situación económica le obligaba a que sus hijos tuvieran "una madre sana y no que fuera una carga más"

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