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Los policías utilizaron "métodos repudiables", pero no son terroristas, según la sentencia

Los policías José Amedo y Michel Domínguez no pueden ser considerados terroristas porque su conducta no se encaminaba a destruir el orden democrático, sino más bien a defender su estabilidad, "aunque por métodos jurídicamente repudiables", según ha establecido la sentencia dictada ayer por la Audiencia Nacional. José Amedo y Michel Domínguez han sido condenados a un total de 108 años y ocho meses de prisión cada uno por seis delitos de asesinato frustrado, asociación ilícita y otros delitos menores, tal como establece el fallo adelantado por este periódico en la noche del pasado jueves. La sentencia destila un marcado propósito de desvincular al Gobierno de las actividades de los policías, y a éstos de las actividades de los GAL.

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La sentencia parte de la premisa de que los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL) realizaban acciones violentas de represalia contra miembros de ETA, pero al no haber sido posible determinar su estructura interna, las personas que integraban su escala jerárquica ni las fuentes de su financiación, "no puede asegurarse que la citada organización constituya efectivamente un grupo de poder paralelo inserto en los aparatos del Estado".Sensibilizados ante la violencia etarra, y al observar que a pesar de su "contrastada eficacia como policías," continuaban produciéndose asesinatos, Amedo y Domínguez adoptaron el papel de vengadores "de los sedicientes crímenes de ETA" para, al mismo tiempo, disminuir la capacidad de esta organización por eliminación de algunos de sus miembros o por el temor suscitado en éstos y en las personas que les apoyaban.

Amedo y Domínguez no pretendían alcanzar ningún propósito de destruir el orden democrático, sino más bien a defender la estabilidad del sistema, aunque por métodos jurídicamente repudiables". Fue con este propósito con el que Amedo y Domínguez entraron en contactos con elementos pertenecientes al aparato estable de los GAL a los que propusieron reclutar gente dispuesta a cometer atentados como los que luego ejecutaron en los bares Batxoki y La Consolation, con el resultado de seis heridos.

La pena impuesta a los policías y la calificación de asesinatos frustrados ha sido consideradas "correctas" por los expertos consultados por este diario. Sin embargo, la absolución del Estado como responsable civil subsidiario fue acogida críticamente por juristas y algunos partidos políticos, al igual que la consideración por el tribunal de que su vinculación con los GAL suponía pertenencia a "asociación ilícita" y no a "banda terrorista".

El Estado ha sido absuelto de la responsabilidad civil a pesar de que Amedo y Domínguez organizaron los atentados estando de servicio. "Sus actividades ilícitas no guardan relación con su trabajo, caracterizado precisamente por la lucha contra la delincuencia, sino que extralimitandose en sus funciones, desarrollaron actos que nada tenían que ver con su misión oficial", añade la sentencia.

Al haber sido declarados insolventes los dos policías, la exención de responsabilidad del Estado implica que éste no tendrá que atender los 12,8 millones de pesetas en indemnizaciones fijados en la sentencia, y cuyos destinatarios serían las víctimas de los atentados, entre las que se encuentra Frédéric Haramboure, presunto miembro del comando itinerante de ETA actualmente preso en Francia y que debería percibir 2,4 millones.

El Gobierno no se pronunció ayer sobre la sentencia. Tampoco el Ministerio del Interior quiso comentarla.

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