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La Comunidad adelanta un año la libre circulación de los emigrantes españoles y portugueses

, Los trabajadores españoles y portugueses podrán emigrar sin traba alguna a los restantes países de la Comunidad a partir del próximo 1 de enero, según el acuerdo aprobado ayer en Luxemburgo por el Consejo de Ministros de Asuntos Sociales de la CE. En el caso de Luxemburgo, la libre circulación entrará en vigor el 1 de enero de 1993. Esta reforma del Tratado de Adhesión significa un año de adelanto (tres en el caso de Luxemburgo) sobre las condiciones pactadas. Españoles y portugueses podrán demandar empleo libremente en otro Estado comunitario, sin tener que someterse a la criba de la autorización administrativa para lograr el permiso de trabajo y de residencia.

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El Gobierno español no pudo negarse por una razón de principio a una mejora de las condiciones de adhesión, pero era reacio a la medida porque teme un aumento de las entradas de portugueses en nuestro país.El ministro de Trabajo, Luis Martínez Noval, presentó una declaración escrita en la que se deja constancia de que Ia emigración española hacia los demás países comunitarios registra un volumen prácticamente inapreciable desde la adhesión, en tanto que ha aumentado sensiblemente la presión migratoria de trabajadores de la Comunidad hacia España".

"Al negociar el ingreso pedimos una solidaridad que no recibimos y en este momento España, por coherencia con su compromiso en la perspectiva de la unión europea, ofrece esa solidaridad a algunos países, manifestó el ministro de Trabajo. Desde 1986, nuestro país ha cambiado su condición de exportador de mano de obra por la de receptor de extranjeros.

Saldo de inmigración

El saldo neto de inmigración no es todavía preocupante para el mercado de trabajo, según Luis Martínez Noval. Las cifras de 1990 reflejan 40.547 permisos de trabajo a extranjeros como total acumulado, de los que 35.070 corresponden a ciudadanos comunitarios. Los británicos (8.716 permisos de trabajo) y los portugueses (7.790 permisos) están a la cabeza en las entradas de trabajadores comunitarios.Estos datos recogen sólo contratos a asalariados y no incluyen familiares ni la inmigración irregular o clandestina. España tiene 800.000 trabajadores en otros países de la Comunidad Europea, a los que hay que sumar a todos los emigrantes temporales.

Fin de las trabas

El Tratado de Adhesión de España y Portugal a la CE fijaba el fin de las trabas para la emigración en el 1 de enero de 1993 y tres años más tarde en el caso de Luxemburgo. La excepción luxemburguesa se justificaba en que este país cuenta con un 40% de población asalariada extranjera (30% de la población total, incluidos los trabajadores y sus familias).La concesión el mes de octubre pasado de la libre circulación total a los trabajadores de la ex RDA provocó la denuncia por parte de Portugal de un trato dis criminatorio. Posteriormente, el primer ministro portugués, Aníbal Cavaco Silva, obtuvo de la presidencia luxemburguesa de la Comunidad el compromiso de acortar el período transitorio fijado en un primer momento.

El informe de la Comisión Europea justifca esta mejora en que el aumento de flujos migratorios, presentados como una amenaza en el momento del ingreso, no se han producido. Ni han crecido las demandas de permisos de trabajo de portugueses y españoles en otros países comunitarlos, ni tampoco las denegaciones por parte de esos Gobiernos.

Además, unos 26.000 españoles y portugueses regresan cada año a su país de origen y la emigración definitiva se ve sustituida por la de carácter temporal. Por último, la Comisión Europea insiste en el factor favorable de la caída del nivel de desempleo, pues el paro ha pasado en en España de un 21% en 1986, a un 15,8% en 1990.

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