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Recurridos los fallos que permiten no exhibir los salarios

Ángel Sánchez, jefe de la abogacía del Estado en la comunidad de Murcia, ha remitido al Servicio Jurídico del Ministerio de Justicia documentación para la interposición de un recurso extraordinario de revisión ante el Tribunal Supremo de tres sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia.

En ellas se estiman distintos recursos presentados por la empresa cementera Hornos Ibéricos Alba, que fue sancionada por no exhibir en lugar destacado en el centro de trabajo el boletín de cotización con los datos personales de los empleados (denominado TC2).

Las sentencias (véase EL PAÍS de ayer) consideran que es suficiente la publicación del documento acreditativo de que se realizan las cotizaciones a la Seguridad Social y que recoge los datos generales (TC1).

La misma sala ha fallado un cuarto recurso, interpuesto por el procedimiento especial de protección de los derechos fundamentales, desestimándolo ya que la empresa, dice la sentencia, carece de legitimación procesal porque no le corresponde la titularidad del posible derecho fundamental conculcado (el de la intimidad personal), que la sala entiende que corresponde directamente a los trabajadores cuyos datos y salarios se exponen en los TC2.

El titular del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, Luis Martínez Noval, restó ayer importancia a las consecuencias que pueden tener las citadas sentencias en las que se considera que la publicación del salario atenta contra el derecho a la intimidad de los trabajadores.

Según el ministro de Trabajo, existen otras sentencias anteriores de distintos tribunales de justicia con fallos que entran en contradicción con los emitidos ahora por la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la comunidad de Murcia.

La dirección provincial de Trabajo de Murcia ha remitido al Ministerio copia de las sentencias para que sean analizadas por los servicios centrales del departamento.

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