La Comunidad Europea recuerda al Gobierno español que la Iglesia católica debe pagar IVA
La Comunidad Europea (CE) ha solicitado al Gobierno que le informe sobre la exención del impuesto sobre el valor añadido (IVA) a la Iglesia católica. Se trata de un primer paso para que el Ejecutivo retire la mencionada exención, que, según la CE, es contraria a la uniformidad fiscal prevista para 1992. El citado requerimiento comunitario se produjo el pasado mes de diciembre y pone en tela de juicio lo negociado entre el Gobierno y el episcopado en 1987.
El vicepresidente del Gobierno, Alfonso Guerra, y los entonces ministros de Educación, José María Maravall, y de Justicia, Fernando Ledesma, participaron en julio de 1987 en la reunión de la comisión mixta Iglesia-Gobierno. Por parte de la Iglesia lo hicieron el vicepresidente de la Conferencia Episcopal, Elías Yanes; el entonces secretario del episcopado, Fernando Sebastián, y el presidente de la Comisión Episcopal de Enseñanza y Catequesis, José Delicado.Las relaciones entre ambas instituciones atravesaban entonces un momento difícil y a fines de julio le fue notificada la destitución al entonces embajador de España ante la Santa Sede, Gonzalo Puente Ojea.
El Ministerio de Economía y Hacienda reguló meses más tarde la medida liberatoria de IVA, que ya entonces suscitó dudas entre los técnicos, quienes temían que la exención no respetara la sexta directiva de la CE, armonizadora del IVA.
El requerimiento de información ahora remitido por la Dirección General de la Unión Aduanera y Fiscal de la CE es el paso previo a la exigencia de anular la exención fiscal. Éste fue el mismo procedimiento que la CE siguió para la liberación de IVA correspondiente a la Expo-92 y los Juegos Olímpicos de 1992 (ver EL PAÍS del pasado 11 de enero).
La orden ministerial de Economía y Hacienda libera del pago del IVA a la construcción de templos y edificios de la Iglesia católica, así como objetos relacionados con el culto. Para solicitar esta exención, el episcopado se acogió a los acuerdos firmados entre el Estado español y la Santa Sede en 1979, con valor de tratado internacional. El decreto sustituyó a la anterior normativa de 19 de octubre de 1981, por la que la Iglesia no pagaba el impuesto de tráfico de empresas.
La Iglesia católica paga en la actualidad tasas municipales como las de agua, basuras, alcantarillado o licencia de obras y está exenta de contribuir en el caso de transmisiones patrimomiales, actos jurídicos documentados, bienes de personas jurídicas, lujo y contribución territorial urbana.
La revisión de la normativa sobre exención del IVA comportará, probablemente, la apertura de negociaciones ' entre Gobierno e Iglesia al verse modificado un tratado de rango internacional como el suscrito en 1979 entre el Estado español y la Santa Sede. España está obligada, por otra parte, a eliminar incompatibilidades fiscales, según el artículo 234 del acta de adhesión a la CE.
Edificios para el culto
La medida actualmente en vigor exime a la Iglesia católica del pago del IVA a templos, edificios y objetos que el obispo de la diócesis en cuestión juzgue destinados al culto. Fuentes de Hacienda manifestaron ya en 1987 que la medida no beneficiaría a otras confesiones y añadieron no haber considerado la posibilidad de que se interpusiera un recurso de inconstitucionalidad por parte de otros cultos.
José Cardona, secretario ejecutivo de la Federación de Iglesias Evangélicas, dijo ayer que en las actuales negociaciones de judíos y protestantes con el Gobierno el tema de la exención del IVA está en suspenso. Cardona señaló que el hecho de que una confesión esté liberada del pago de este impuesto, mientras otras no lo están, es agravio comparativo, opuesto al espíritu de la Constitución, aunque se mostró confiado en que la situación se solucione favorablemente para todas las confesiones.
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