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Economía decidirá en los próximos días si las primas únicas estaban sujetas a la retención general del 20%

El Ministerio de Economía y Hacienda aún no ha decidido si los rendimientos de las pólizas de seguro de prima única deberían haber estado o no sujetas a retención como cualquier rendimiento de capital mobiliario. Esta decisión se adoptará "en breve", según fuentes oficiales, y, en todo caso, este mes.La discusión sobre si las pólizas de prima única debían o no soportar retención está detrás de su consideración como un mero depósito financiero bajo la apariencia de un seguro o, por contra, de una operación real de seguro. Jaime Gaiteiro aseguró ayer que "el rendimiento irá como variación de patrimonio si es una póliza de seguros e irá como rendimiento de capital mobiliario si no es una póliza de seguros". Y añadió "es que hay muchos productos, estamos analizándolos y, en el momento en el que terminemos, el Ministerio dirá cuál es la naturaleza de ese producto y, en consecuencia, exigirá a cada cuál la parte de cuota y de responsabilidad que le pueda corresponder".

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Economía está analizando este problema de naturaleza de las primas únicas después de que unos 30.000 sujetos pasivos ya hayan presentado un total de 93.000 declaraciones complementarias en renta y 81.000 complementarias en patrimonio. El importe ingresado por este concepto es de 60.000 millones de pesetas en renta y 5.000 millones en patrimonio.

Estas declaraciones complementarias se han realizado sin que Hacienda se haya pronunciado sobre la naturaleza de las primas únicas. La importancia de esta definición radica en que si se trata de un rendimiento e capital mobiliario, las entidades financieras -o sus aseguradoras filiales- deberían haber sometido los rendimiento (primas) a la retención entonces vigente (un 20%). Es decir Hacienda debería exigir el pago de esta parte del impuesto a las cajas y aseguradoras que realizaron primas únicas.

Los contribuyentes, mientras, sólo estarían obligados a satisfacer el importe de aplicar a ese rendimiento la diferencia entre su tipo marginal en renta y el 20% que, teóricamente, ya han satisfecho. Si la naturaleza jurídica final de las primas únicas es la de una operación de seguro, los rendimientos serán un incremento patrimonial.

Como recordatorio de la obligación de declarar en cualquier caso, Hacienda va a enviar cartas al efecto a tenedores de primas únicas, letras del Tesoro y cuentas financieras.

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