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TRIBUNALES

Un año de cárcel para tres sindicalistas por oponerse al desahucio de 12 colonos

La Audiencia Provincial de Lérida ha condenado a los miembros del sindicato agrario Unió de Pagesos (UP) Jaume Serentill y Josep María Besora y a Rodrigo Moreno - cabeza de lista por Lérida del Partit dels Comunistes de Catalunya (PCC) en las próximas elecciones- a la pena de un año de prisión por atentar contra la comisión judicial que en enero intentó ejecutar en Montagut (Lérida) el desahucio de 30 parcelas propiedad de la empresa Agrolérida, SA, en las que aún permanecían 12 colonosEl tribunal ha condenado también por un delito de daños a Josep María Besora y a los colonos Josep Dolcet, Josep Agustí Dolcet y Josep Tarragó a una multa de 60.000 pesetas cada uno. Los abogados de los condenados anunciaron ayer su intención de recurrir el fallo ante el Tribunal Supremo.

Los procesados, que fueron juzgados el pasado miércoles, formaban parte del grupo de manifestantes que el 26 de enero pasado se concentraron en las fincas de Montagut e impidieron que una comisión judicial presidida por el secretario del Juzgado de Instrucción número dos de Lérida, Emilio Álvarez Alonso, ejecutara la diligencia de deshaucio de los últimos 12 colonos de Montagut. La sentencia señala que no pueden aportarse datos sobre la identidad de las personas que tuvieron una actitud activa en los hechos, "pero sí designar como promotores y directores de los mismos a los acusados Serentil, Besora y Moreno", integrantes los tres de la comisión de seguimiento y apoyo a los colonos de Montagut.

El fallo, redactado por el presidente de la audiencia, Joesp Gual, indica que la comisión judicial no pudo practicar las diligencias porque los manifestantes, entre los que figuraban los acusados, les impidieron el paso y porque la Guardia Civil no pudo llegar al lugar de los incidentes.

Un vídeo como prueba

En los fundamentos de derecho del fallo se destaca que el tribunal ha contado excepcionalmente con unos medios de prueba que respaldan una certeza prácticamente absoluta sobre el grado de participación de los procesados en el delito de atentado, al haberse impedido a funcionarios públicos el libre ejercicio de sus funciones y el cumplimiento de resoluciones judiciales mediante el empleo de fuerza e intimidación. Estos medios de prueba citados por el tribunal son el acta redactada por el secretario del juzgado sobre los hechos y las fotografías y una cinta de vídeo de TV-3 -reproducida en el juicio oral-, aportados por el fiscal.

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