El Gobierno autoriza a Madrid y Euskadi a realizar nuevas emisiones de deuda
Las comunidades autónomas del País Vasco y Madrid podrán realizar emisiones de deuda pública por un importe de 12.000 millones y 10.000 millones de pesetas, respectivamente, de acuerdo con la decisión aprobada ayer por el Consejo de Ministros.En el caso de la comunidad vasca, la operación se realizará mediante una emisión de bonos de carácter interior y amortizable. Según las condiciones aprobadas ayer por el Gobierno, su suscripción será pública, con un único tramo. "Otras características destacables son el precio de la emisión y amortización a la par, instrumentación en títulos al portador con un valor nominal de 10.000 pesetas cada uno, tipo de interés máximo del 13,50% anual, y amortización al cuarto y al quinto año desde la fecha de la emisión [julio de 1989] mediante la reducción del nominal de cada título a la mitad cuando se cumplan los cuatro años", según la oficina del portavoz del Gobierno.
La emisión autorizada a la Comunidad de Madrid se concretará a través de valores de obligaciones simples representadas exclusivamente por anotaciones en cuenta. El tipo de interes anual vencido oscilará entre un mínimo del 11 % y una máximo del 12,50%. El precio de emisión será a la par en un plazo de diez años. "La amortización se hará de una sola vez, al décimo año y a la par, aunque se podrá amortizar anticipadamente por el emisor al 101% y por el suscriptor, a la par, entre el quinto y el octavo año", indica la citada fuente.
Recursos propios
El Consejo de Ministros aprobó, además, la nueva regulación sobre recursos propios de las entidades de crédito diferentes de la banca privada, las cajas de ahorros y cooperativas de crédito (ver EL PAÍS de ayer).La nueva regulación afecta a sociedades de leasing, crédito hípotecario, financieras de automóviles y otros bienes, mediadoras del mercado, Instituto de Crédito Oficial (ICO) y banca pública.
La nueva regulación contempla un sistema de recursos propios análogo al aplicado a las entidades de depósito y apunta a armonizar el sistema español con la normativa comunitaria sobre este capítulo, que entrará en vigor a partir de 1992.
"La aprobación del real decreto supone un avance en el establecimiento de los requisitos de solvencia que garanticen la estabilidad, buen funcionamiento y supervivencia [de las sociedades que operan en este mercado]", según la Oficina del Portavoz del Gobierno.
Pese a la introducción de una serie de especificidades derivadas de la actividad en diferentes sectores, "la homogeneización de las condiciones sobre recursos propios garantiza la posibilidad de una competencia equilibrada", según la misma fuente.
Tu suscripción se está usando en otro dispositivo
¿Quieres añadir otro usuario a tu suscripción?
Si continúas leyendo en este dispositivo, no se podrá leer en el otro.
FlechaTu suscripción se está usando en otro dispositivo y solo puedes acceder a EL PAÍS desde un dispositivo a la vez.
Si quieres compartir tu cuenta, cambia tu suscripción a la modalidad Premium, así podrás añadir otro usuario. Cada uno accederá con su propia cuenta de email, lo que os permitirá personalizar vuestra experiencia en EL PAÍS.
En el caso de no saber quién está usando tu cuenta, te recomendamos cambiar tu contraseña aquí.
Si decides continuar compartiendo tu cuenta, este mensaje se mostrará en tu dispositivo y en el de la otra persona que está usando tu cuenta de forma indefinida, afectando a tu experiencia de lectura. Puedes consultar aquí los términos y condiciones de la suscripción digital.
Archivado En
- Consejo de Ministros
- III Legislatura España
- Presidencia Gobierno
- Gobierno de España
- Financiación autonómica
- PSOE
- Deuda pública
- País Vasco
- Financiación déficit
- Legislaturas políticas
- Partidos políticos
- Comunidad de Madrid
- Déficit público
- Política económica
- Comunidades autónomas
- Finanzas públicas
- Administración autonómica
- Gobierno
- Banca
- Administración Estado
- Legislación
- Economía
- Justicia
- Administración pública
- Política