Justos, no justicieros
Los militares de la República sabemos muy bien el valor de las palabras: lealtad, justicia, solidaridad. Tras la recuperación de las libertades (1977) y la voluntad de concordia expresados por esta Monarquía Constitucional, iniciábamos en 1979 la apertura de un proceso administrativo que reconociera lo evidente: para cerca de 85.000 personas (mandos del Ejército republicano e hijos incapacitados o viudas de los mismos) el tiempo de supervivencia se agotaba dramáticamente. Fracasado aquel largo intento, quedábamos condenados al silencio de las ventanillas. Pero en el 28º Congreso del PSOE se aprobaba por mayoría absoluta "el reconocimiento pleno, con todos sus derechos, de los antiguos militares republicanos". La creación de una comisión interministerial, presidida por José Borrell Fontelles, sabía mostrar el nivel de nuestras legitimidades y de la premura social en satisfacerlas. Desafortunadamente, estas evidencias fueron sobreseídas por "razones presupuestarias" y por "defectos de forma", subyaciendo en todo ello la distinción entre militares profesionales y los formados en academias durante la guerra o ascendidos por méritos en campaña. Entramos así en un exhaustivo proceso de sentencias y recursos, mientras el Grupo parlamentario Socialista canalizaba nuestras demandas hacia posibles soluciones. Es claro que hubo voluntad política de concordia histórica, pero no fue así entendida por las altas instancias de la judicatura española. La primera luz llegó con la Ley 6 / 78, 10 / 80 y luego la Ley 37 / 1984, por la que los militares con alta efectiva en el Ejército antes del comienzo de nuestra guerra civil recibían no sólo sus grados y haberes actualizados (el 90% del sueldo regulador), sino el grado que les hubiera correspondido, caso de haber permanecido en filas (Real Decreto 1033 / 1985). Y a los posteriores, una pens ión equivalente a la mínima de la Seguridad Social. En diciembre de 1986 se levantó dicha incompatibilidad por el Gobierno. Finalmente, el BOE (22 de diciembre de 1988) señalaba para el resto de nuestro, colectivo una valoración de pensiones al 70% (del 90%. del retiro regulador del empleo análogo), mientras las de viudedad se calculaban al 50%. Quedaba así racionalizado un penoso trance de nuestra historia. Sin embargo, ahora que un grupo de ocho antiguos oficiales y suboficiales de la República han denunciado al Estado español ante la Comisión de Derechos Humanos en Estrasburgo, Fraternidad Democrática desea hacer saber en nombre de sus 2.620 afiliados que, si una diférencia económica en tantos por ciento y el reconocimiento de más o menos galones o estrellas implica el desatino de imponer a nuestra nación un proceso perjudicial por terceros, ése es un precio que nunca estará dispuesta a aceptar. La paz de España no debe terminar en un tribunal extranjero. Y es que el afán de ser justos no puede hacernos jamás justicieros.- Presidente de Fraternidad Democrática de Militares del Ejército de la República y 13 firmas más.
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