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Nueva tributación de cupones, y de letras para no residentes

El Consejo de Ministros reguló ayer la tributación de los derechos de suscripción en las ampliaciones de capital, diferenciando las sociedades que cotizan en bolsa de las que no lo hacen, así como el sistema de fiscalidad de las letras del Tesoro para los inversores extranjeros, dentro de un real decreto de medidas urgentes de ajuste fiscal. También se aprobó el real decreto que regulará las sociedades y agencias de valores que, a partir del mes de julio, sustituirán a los agentes de cambio y bolsa. Dentro de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, el Consejo nombró ayer a José María García, Hermoso como vicepresidente de la CNMV en sustitución de Pedro Martínez Méndez.La tributación de los derechos de suscripción sólo variará para las sociedades que no coticen en bolsa. En estos casos, el importe obtenido por la venta de los cupones se considerará como un incremento de patrimonio en vez de como una disminución del coste de las acciones.

El sistema actual se mantendrá para las sociedades que coticen en bolsa y para aquellas que vayan a hacerlo en el plazo de dos meses, con dos excepciones. Se considerará que ha habido un aumento patrimonial cuando el importe del derecho sea superior al de las acciones, y cuando a través de la adquisición de derechos de suscripción preferente se consiga el control de la sociedad.

Con respecto a la tributación de las letras del Tesoro, en el caso de inversores no residentes, el real decreto obliga a las entidades gestoras a ingresar la tributación de los rendimientos obtenidos.

Sociedades y agencias

El Consejo de Ministros aprobó, asimismo, ayer el real decreto por el que se regulan las sociedades y agencias de valores, que a partir del 29 de julio sustituirán a los agentes de cambio y bolsa en la intermediación bursátil. Las sociedades tendrán un capital mínirno de 750 millones y podrán actuar por cuenta propia, mientras el capital de las agencias será de 150 millones de pesetas, pero sólo podrán actuar por cuenta ajena. Un número reducido de sociedades y agencias, además, serán miembros de las bolsas de valores. Según este real decreto, los accionistas de una sociedad o agencia no podrán participar en el capital social de las demás.

El intento de aumentar la transparencia de las operaciones bursátiles se materializará, a partir del 30 de noviembre, en la publicación de la identidad de todos los inversores que, a esa fecha, posean o adquieran más de un 5% de cualquier sociedad cotizada.

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